Masacre de Viareggio, Moretti responsable pero remitido al recurso de apelación para la cuantificación de la pena

El Tribunal Supremo confirma las condenas por la masacre del tren de Viareggio del 29 de junio de 2009, que causó 32 muertos. Pero para cuantificar los años de prisión, se ordenó la remisión al Tribunal de Apelación de Florencia para un tercer proceso también contra el ex director general de RFI Mauro Moretti. Se deben evaluar los factores atenuantes genéricos. El recurso de Vicenzo Soprano, ex director general de Trenitalia que ahora corre el riesgo de ir a prisión, fue rechazado.

Según la abogada de Moretti, Ambra Giovene, «no hay pruebas de la responsabilidad de Moretti como director general de RFI y de FS. En referencia al primer rol, en realidad hay evidencia de lo contrario. Había firmado una orden para rastrear los vagones extranjeros que circulaban por Italia. Receta que se olvidó en el proceso. En cuanto al papel del director general de FS, se le reprocha haber impuesto no seguir los vagones como exige un reglamento europeo que imponía la libre circulación de los vagones en la Unión Europea – añade – Lo que se reprocha a Moretti es haber impuesto este que ya estaba previsto por la ley.»

El pasado 4 de diciembre, el fiscal general adjunto y el abogado general del Tribunal Supremo Pietro Molino y Pasquale Fimiani pidieron confirmar todas las sentencias dictadas en el proceso de apelación bis, instando a desestimar los 18 recursos presentados contra la sentencia del Tribunal de Apelación. de Florencia emitido en 2022.

El proceso de Apelación del Bis

En el segundo proceso de apelación ordenado en 2021 por el Tribunal de Casación, se dictaron 13 condenas por la catástrofe ferroviaria de Viareggio (Trenitalia, Fs, RFi y Cima Riparazioni eran civilmente responsables).

Entre ellas, la condena al ex director general de FS y RFI Mauro Moretti a 5 años de prisión por catástrofe ferroviaria, incendio y lesiones, con declaración de prescripción por el delito de homicidio. El ex director general de FS y RFI también fue imputado por los delitos de incendio y lesiones por negligencia en virtud de que no renunció al plazo de prescripción.



ttn-es-11