Inps: el cig recupera el 100% de la inflación, sube a 1.244 euros netos


El importe máximo mensual del tratamiento de integración salarial vigente desde el 1 de enero de 2023 es de 1.321,53 euros (importe bruto) y 1.244,36 (importe neto). Así lo aclaró el INPS con una circular (la número 14 del 3 de febrero). La institución de seguridad social le recuerda que la indemnización se revaloriza al 100% con respecto al aumento de precio. El importe del fondo de cesantía es igual al 80% del salario del trabajador ingresado en el fondo hasta el tope máximo que ha pasado a ser único a partir de 2022 (anteriormente eran dos según el nivel de salario).

Este documento indica el alcance, en vigor desde principios de año, del importe máximo del tratamiento de integración salarial ordinaria y extraordinaria (CIGO y CIGS), del tratamiento de integración salarial de los trabajadores agrarios (CISOA), del complemento salarial FIS prestación. Todo en aplicación de la ley de Presupuestos 2022.

No solo eso: en la misma circular, la institución de seguridad social también indica la medida, aún vigente desde el 1 de enero, del subsidio de integración salarial y el subsidio de emergencia del Fondo de Solidaridad Crediticia, así como el subsidio de emergencia para el Fondo de crédito solidario, del subsidio de emergencia para el Fondo de Solidaridad del Crédito Cooperativo, del subsidio de desempleo NASpI, del subsidio de desempleo DIS-COLL, del subsidio de desempleo agrícola, del subsidio de desempleo para trabajadores por cuenta propia en la industria del espectáculo (ALAS) , del subsidio extraordinario por ingresos y continuidad operativa (ISCRO), así como – finalmente – el monto del subsidio mensual por actividades de utilidad social. A continuación se presentan algunas indicaciones proporcionadas por la institución de seguridad social sobre el monto de los beneficios.

Prestación por desempleo Naspi

El salario a tomar como referencia para el cálculo de las prestaciones por desempleo NASpI es igual a 1.352,19 euros para el año 2023. La cuantía máxima mensual de esta prestación no podrá en ningún caso exceder, para el año 2023, de 1.470,99 euros. Tienes derecho al 75% de tu salario hasta el umbral salarial de 1.352,19 €. Si es superior, se suma también el 25% de la diferencia entre 1.352,19 y el tope de 1.470,99 euros.

Subsidio por actividades socialmente útiles

El importe mensual de la asignación adeudada a los trabajadores que realizan actividades de utilidad social, a cargo del Fondo Social de Empleo y Formación, es igual, a partir del 1 de enero de 2023, a 656,44 euros.



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