
Suscrito por la Ministra de Trabajo y Políticas Sociales, Andrea Orlando, el Decreto que regula los criterios de utilización de los recursos del Fondo para apoyar el poder adquisitivo de los trabajadores por cuenta propia. El Decreto regula los criterios y procedimientos para la concesión de la indemnización por única vez introducida por el Decreto de Ayudas como medida de apoyo a la capacidad adquisitiva de los trabajadores autónomos y profesionales derivada de la crisis energética y de los altos precios en curso.
Quiénes son los beneficiarios
Los beneficiarios del subsidio son los trabajadores por cuenta propia y los profesionales inscritos en la gestión de la seguridad social del INPS, así como los profesionales inscritos en los organismos que gestionan las formas obligatorias de seguridad y asistencia social (aproximadamente 3 millones de personas) que, en el período impositivo 2021, hayan percibía una renta total no superior a 35.000 euros.
Se requiere inscripción a la gestión de pensiones
Los beneficiarios de la medida puntual, equivalente a 200 euros y abonados tras la presentación de la solicitud, deberán estar ya inscritos en la gestión de la seguridad social a la fecha de entrada en vigor del Decreto de Ayudas, con CIF y obra iniciada y haber realizado al menos un pago, total o parcial, de la aportación por la gestión registral por la que se solicita la indemnización, con competencia a partir del año 2020.
Los procedimientos para presentar la solicitud.
En cuanto a las modalidades de presentación de la solicitud, el interesado deberá presentar una solicitud ante las instituciones de seguridad social en las que esté obligatoriamente afiliado, dentro de los plazos, con las modalidades y según el esquema que elabore cada institución de seguridad social.
Verificación de datos
La disposición especifica que la indemnización se paga sobre la base de los datos declarados por el solicitante y disponibles para el organismo pagador en el momento del pago y está sujeta a verificación posterior, también a través de la información proporcionada en forma desagregada para cada tipo de ingreso individual. por la administración financiera y cualquier otra administración pública que posea información de utilidad.





