
Los empleados públicos que se encuentren de baja por enfermedad podrán recibir el visitas fiscales de 10 a 12 y de 17 a 19 todos los días (incluidos domingos y festivos). Por tanto, la disponibilidad horaria requerida disminuye: Antes tuvo una duración de siete horas, de 9 a 13 y de 15 a 18 horas; ahora son cuatro horas, como ya sucede para empleados del sector privado. Esto es lo que aclaró el INPS en un reciente mensaje (número 4640 del 22 de diciembre).
La sentencia del TAR del Lazio
La aclaración de la institución de seguridad social se produce después de una sentencia del TAR del Lazio (16305/2023, publicado el 3 de noviembre de 2023). El Tribunal Administrativo Regional anuló aparte del decreto 206 de 17 de octubre de 2017 del Ministro de Simplificación y Administración Pública, disposición implementación de la reforma Madiaen la parte en la que había previsto que «en caso de ausencia por enfermedad, las plazas de disponibilidad de los empleados de la administración pública se fijan según los siguientes horarios: de 9 a 13 y de 15 a 18 horas. La obligación de estar disponible también existe en los días inhábiles y festivos.”
La disparidad entre públicos y privados en los horarios de disponibilidad es inconstitucional
En esencia, el Tribunal Administrativo Regional del Lacio ha evaluado la disparidad es inconstitucional entre las franjas horarias de disponibilidad durante el periodo de enfermedad para empleados públicos y privados. De ahí la anulación de ese paso, y la consiguiente aclaración por parte del INPS con “las indicaciones operativas necesarias para la realización de los controles médico-legales domiciliarios”.
Los nuevos tiempos para las visitas fiscales
esperando eso Si el gobierno emite un nuevo decreto ministerial o una nueva sentencia que modifica las conclusiones del TAR del Lacio, el INPS explica que los controles médicos a domicilio de los trabajadores públicos, hasta nuevas disposiciones, deberán realizarse en los siguientes Horario: de 10 a 12 y de 17 a 19 todos los días (incluidos domingos y festivos). Por lo tanto, incluso para los empleados públicos el plazo pasa a ser de cuatro horas.




