Se ha desbloqueado el bono madres: aquí quién puede solicitarlo y cómo


Con la publicación de la circular del INPS, entra en vigor la exención del 100% de la cuota de las cotizaciones sociales por invalidez, vejez y supervivientes a cargo de las madres trabajadoras de tres o más hijos con relación laboral de duración determinada, de forma indefinida, hasta el hijo menor cumple dieciocho años, con un límite de 3.000 euros al año. La exención se concede, con carácter experimental, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, también a las madres trabajadoras de dos hijos, con relación laboral permanente, hasta que el hijo menor cumpla diez años.

Procedimientos simplificados de comunicación.

Para aprovechar la bonificación introducida por la Ley de Presupuesto 2024, el INPS ha indicado en su instructivo operativo que los trabajadores contratados de forma permanente pueden comunicar a su empleador su deseo de hacer uso de la exención, indicando el número de hijos y el impuesto. códigos de sus padres, hijos. Después de la comunicación de los datos por parte del empleador al INPS y de los controles posteriores, se procederá al pago de la bonificación. La trabajadora también puede comunicar la información con los códigos tributarios de sus hijos directamente al Instituto.

En vigor a partir del 1 de enero para el bono: excluido el trabajo doméstico

La exención tiene efectos a partir del 1 de enero de 2024, se recuperará el importe que alcance un máximo de 250 euros mensuales. La exención de cotizaciones se aplica a todas las relaciones laborales permanentes en los sectores público y privado, incluido el sector agrícola, incluidos los casos de empleo a tiempo parcial, con exclusión de las relaciones de trabajo doméstico. Las relaciones de aprendizaje también entran en el ámbito de aplicación de la medida. Si una relación laboral de duración determinada se convierte en permanente, la exención se aplica a partir del mes de transformación a permanente. La reducción de cotización también está disponible para los trabajadores que tengan hijos en adopción o acogimiento.

La prestación no cesa si uno de los hijos abandona la unidad familiar

En concreto, la exención está disponible para las trabajadoras que, en el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2026, sean madres de tres o más hijos, de los cuales el menor sea menor de 18 años. La circular aclara que el requisito se considera satisfecho en el momento del nacimiento del tercer (o siguientes) hijo y la verificación del mismo requisito cristaliza en la fecha del nacimiento del tercer (o siguientes) hijo. No se pierde el derecho a beneficiarse de la reducción de cotización en caso de fallecimiento de uno o más hijos o de posible salida de uno de los hijos de la unidad familiar o, nuevamente, en caso de no convivencia de uno de ellos. de los hijos o la custodia exclusiva al padre. La exención está disponible para las trabajadoras que, en el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, sean madres de dos hijos, el menor de los cuales sea menor de 10 años. El requisito de ser madre de dos hijos se considera cumplido al momento del nacimiento del segundo hijo y cristaliza con referencia a esa fecha; la posible muerte posterior de un niño es irrelevante.

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Ejemplos concretos de aplicación de exención y decomiso

Para un trabajador que sea madre de tres hijos a partir del 1 de enero de 2024, la exención se aplica a partir del 1 de enero de 2024. El hijo menor cumplirá dieciocho años el 19 de octubre de 2025. La aplicación de la exención de cotizaciones finaliza en octubre de 2025; para un trabajador que es madre de dos hijos el 1 de enero de 2024, la exención se aplica a partir del 1 de enero de 2024. Si el hijo menor cumple diez años el 18 de julio de 2024, la aplicación de la exención de cotizaciones finaliza en julio de 2024. Para un trabajador que es madre de un hijo el 1 de enero de 2024 y está embarazada de su segundo hijo, si el nacimiento del segundo hijo se produce el 11 de junio de 2024, la exención se aplica desde el 1 de junio de 2024 al 31 de diciembre de 2024. Para un trabajador que a partir del 1 de agosto de 2024 es el madre de dos hijos, y está embarazada de su tercer hijo, si el nacimiento del tercer hijo ocurre el 2 de marzo de 2025, la exención aplica hasta el 31 de diciembre de 2024. Del 1 de enero de 2025 al 28 de febrero de 2025 no se aplica ninguna reducción de cotización. A partir del 1 de marzo de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2026, se aplica la exención de la ley de Presupuestos 2024. Un trabajador que, el 1 de enero de 2024, sea madre de tres hijos, todos mayores de 18 años, no tiene derecho a ninguna reducción de cotización. En el caso de que el nacimiento del segundo hijo se produzca el 11 de junio de 2024 y la relación laboral se establezca a partir del 1 de septiembre de 2024, la exención se aplica a partir del 1 de septiembre de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024.



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