Desde las indicaciones de la directiva de la UE sobre el salario mínimo, pasando por la tasa de cobertura de la negociación colectiva que en Italia “se acerca al 100%, muy por encima del 80%”, parámetro de la directiva, hasta “la urgencia y la utilidad de un plan de acción nacional”. Estos son algunos puntos del primer documento técnico de la CNEL sobre el trabajo deficiente y el salario mínimo, aprobado por la Comisión de Información, con el voto en contra de la CGIL y la abstención de la UIL. Seguirá la segunda parte sobre las propuestas, que se entregará a los concejales antes del 6 de octubre. El documento final será discutido en la asamblea el 12 de octubre.
Hacia un plan de acción nacional
El documento se divide en 9 puntos, recoge también algunos datos estadísticos e indica, en la parte final, “la urgencia y utilidad de un plan de acción nacional, en los términos adoptados por la directiva europea sobre salarios adecuados”. Los datos comunicados proceden del Istat e indican que en Italia el salario medio por hora se sitúa en 7,10 euros y la mediana (es decir, relativa a la persona que divide numéricamente en dos la población activa) es de 6,85 euros.
El nudo de los contratos piratas
También se hace una evaluación de los contratos “piratas” que, para los sindicatos, deberían conducir a una ley de representación que limite las organizaciones no representativas. «Las categorías adheridas a CGIL, CISL, UIL firman 211 convenios colectivos de trabajo nacionales – está escrito en el documento – que cubren a 13.364.336 empleados del sector privado (siempre con excepción de la agricultura y el trabajo doméstico); representan el 96,5 por ciento de los empleados para los cuales conocemos el contrato aplicado, o el 92 por ciento del total de empleados rastreados en el flujo de Uniemens. Los sindicatos no representados actualmente en el CNEL (X consejo) firman 353 CcnlL que cubren a 54.220 empleados, equivalente al 0,4 por ciento de los trabajadores para los cuales se conoce el Ccnl aplicado.
La importancia del sistema de negociación colectiva
El documento revisa criterios y métodos para llegar al documento final con las propuestas. Por ejemplo, establece que debemos “compartir datos, escenarios, posibles soluciones y cuestiones críticas”. Consideremos el fenómeno de una manera más amplia, “más allá de la cuestión salarial”, porque la pobreza de los trabajadores es un fenómeno que va mucho más allá de la remuneración, pero que también afecta, por ejemplo, a cuestiones laborales y de composición familiar más amplias. También se destaca que la directiva europea no impone un salario mínimo y que «cuando existe un sistema robusto y extenso de negociación colectiva no requiere mayores controles ni obligaciones. De ello se deduce que la remuneración prevista por un convenio colectivo cualificado (es decir, firmado por sujetos verdaderamente representativos) es adecuada”.
Un foro permanente sobre el tema.
El documento técnico pide luego la creación de un foro permanente sobre el tema y “crear de forma institucional una estrecha conexión entre condiciones de trabajo, salarios y productividad que no es más que la esencia más profunda de la función de la negociación colectiva”. A continuación se indican los datos sobre la cobertura de los contratos nacionales y se aborda la cuestión de los retrasos en las renovaciones: «El retraso no siempre es sinónimo de salarios inadecuados o de ausencia de mecanismos contractuales de vacaciones, de concesiones puntuales (pensemos en la renovación del sector terciario donde se han introducido medidas “puente” que solucionan el problema al menos para todo el año 2023), o mecanismos de ajuste a la evolución de la inflación que, de hecho, están presentes en numerosos convenios colectivos nacionales”.