ELel despido de un empleado por hacer insinuaciones sexuales para un colega, es legítimo. El Tribunal de Casación lo estableció en la demanda presentada por un camarero separado del trabajo después de que un colega le informara que había sido sometida a alusiones sexuales completamente no deseadas por su parte.
Insinuaciones sexuales a un colega: despedido
Los jueces consideraron correcta la medida disciplinaria reconociendo que las alusiones sexuales “pueden perturbar el clima del ambiente de trabajo y, sobre todo, la serenidad de la persona ofendida”. Esto también se aplica si las sentencias «se pronuncian en un ambiente goliárdico», que habría sido el descrito por el trabajador. Por tanto, el tribunal también confirmó que las insinuaciones sexuales no deseadas caen dentro del ámbito de acoso identificado por el Código Penal.
La defensa del empleado
En el recurso, los abogados del trabajador intentaron apoyar la falta de fiabilidad de su colega porque el juez de instrucción había presentado su denuncia por agresiones sexuales y acoso. Pero para la Casación “el delito de acoso no tenía relación con los hechos por los que fue despedido”, mientras que el sobreseimiento por violencia se debió a la extemporaneidad de la demanda y no a un razonamiento sobre el fondo.
Cuando se produce la acción disciplinaria
El despido disciplinario puede ser aplicado por una empresa cuando el empleado comete un comportamiento grave contra la empresa, el empleador o sus compañeros. La jurisprudencia considera legítimo el despido de un empleado que difama u ofende la dignidad y reputación de un compañero de trabajo.
Asimismo legitimar la medida disciplinaria en el caso de insinuaciones sexuales, si estos son no deseados y por tanto considerados por ley como acoso. Evidentemente, el asunto puede remitirse al Tribunal para que se compruebe la veracidad de las alegaciones y por tanto también la legitimidad del despido.
Despido legal por insinuaciones sexuales
Al declarar inadmisible el recurso del empleado toscano, los jueces supremos insertaron de facto entre las causas de despido legítimo alusiones sexuales, que dañan la dignidad de la víctima y perturbar el ambiente de trabajo. Para regular la cuestión del acoso sexual en el lugar de trabajo existe la Directiva 2002/73/CE que los define como “discriminación por razón de sexo” y que establece que cualquiera que atente contra la dignidad, la reputación y la seguridad de sus compañeros puede ser despedido.
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