Llegan las facturas y las sanciones por retiro anticipado: aquí es cuando entran en vigor


Los puntos clave

  • El ámbito de aplicación
  • Los consumidores en pie de guerra
  • Obligaciones del proveedor

El mercado libre de la energía quizás no sea tan libre. A partir del 1 de enero, la nueva ventaja para los clientes nacionales y las pequeñas empresas será la penalización por retiro anticipado. Traducido: si en el mercado eléctrico quieres cambiar de proveedor antes de que expire el contrato, corres el riesgo de pagar un coste extra.

El ámbito de aplicación

La facultad de las empresas energéticas de aplicar estos cargos se referirá exclusivamente a contratos de duración determinada, normalmente de 12 o 24 meses, y a precio fijo. Sin embargo, las penalizaciones también pueden encontrar espacio en los contratos indefinidos si presentan un precio fijo por un período determinado, limitado a este período de tiempo. Las nuevas reglas están definidas por una resolución de Arera del 6 de junio que se basa en la llamada “directiva eléctrica” ​​de la UE de 2019, ya implementada en 2021 por nuestro Parlamento.

Los consumidores en pie de guerra

Un peligro para los consumidores que se enmarca en un delicado período de transición del mercado protegido al libre, con el fin de la protección fijado para el 10 de enero para el gas y el 1 de julio para la electricidad. Las reacciones de las asociaciones de consumidores fueron vehementes. El consumismo define las sanciones como “absurdas” y señala “condiciones vinculantes” frente a un “libre mercado tan cacareado”. Una medida “a favor de los operadores que ya no quieren asumir el riesgo de mercado, que ahora se traslada íntegramente al consumidor final”. Codacons anuncia un recurso ante el Tribunal Administrativo Regional del Lacio contra la resolución de Arera, definiendo los cargos como “ilegítimos” y al mismo tiempo planteando la hipótesis de una “demanda colectiva en nombre de todos los usuarios perjudicados injustamente”. Assoutenti pide la intervención de Antimonopolio y de Mister Prezzi, explicando que estas sanciones “podrían haber tenido un significado antes de la crisis energética, cuando no había volatilidad y aumento de las tarifas”, pero “en el contexto actual desvían la competencia al impedir que los consumidores cambien a ofertas más convenientes ». La Unión Nacional de Consumidores acusa al Parlamento italiano de «querer estar del lado de las empresas energéticas y no de las familias, desafiando la libre competencia, que garantiza la perfecta movilidad del consumidor».

Obligaciones del proveedor

Los proveedores, precisa Arera, tendrán sin embargo diversas obligaciones que cumplir, como indicar “claramente”, en su importe máximo, cualquier cargo, que deberá ser “específicamente aprobado y firmado por el cliente”. Aún no parece claro a cuánto podría ascender la sanción, pero la autoridad precisa que “la suma solicitada debe, en cualquier caso, ser proporcionada y no puede exceder la pérdida económica resultante de la retirada anticipada”. Corresponde al vendedor la carga de probar la existencia y el alcance de la pérdida.

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