Licencia de crédito en obras de construcción para 800 mil empresas


Son 800 mil empresas involucradas en la nueva obligación de obtener una licencia de crédito, que será imprescindible a partir del 1 de octubre para poder trabajar en obras temporales o móviles. Obligación introducida por el Decreto Legislativo Pnrr 19/2024 (artículo 29, apartado 19), para prevenir y combatir los trabajos irregulares y aumentar el nivel de seguridad en las obras de construcción o ingeniería civil.

El decreto de aplicación del nuevo instrumento, presentado a los interlocutores sociales el 23 de julio, está siendo objeto de controles finales por parte de los órganos de control y está pendiente de publicación.

Mientras tanto, hasta el 28 de agosto está abierta la licitación para la selección de 750 nuevos inspectores técnicos en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo, que se sumarán a los 877 ya contratados por el INL: se trata del personal que, junto con el de la Asl, se ocupa de los controles «de campo» para verificar la seguridad y la salud en el trabajo en las empresas (el aviso está disponible en el sitio web www.ispettorato.gov.it, en la sección de Noticias de Inl).

la audiencia

Hay 832.547 empresas inscritas en el Registro de la Cámara de Comercio que operan en el sector de la Construcción (fuente: Unioncamere-Infocamere). Se trata de un sector amplio, que incluye no sólo a quienes trabajan en la construcción de obras de edificación en sentido estricto, sino también a quienes instalan sistemas eléctricos y de fontanería, y a quienes realizan trabajos de aislamiento térmico, acústico o antivibraciones. No sólo eso: la ingeniería civil y las obras de servicios públicos también entran en el sector.

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La ley que estableció la licencia de crédito – que es un sistema de calificación para empresas y trabajadores por cuenta propia activos en el sector de la construcción – introdujo la nueva obligación para quienes operan en obras de construcción temporales o móviles prevista en el artículo 89, párrafo 1, letra a) del Decreto Legislativo 81/2008. Por lo tanto, además de las obras de construcción privadas, también se incluyen las obras viales, ferroviarias, hidráulicas, marítimas e hidroeléctricas. Quedan excluidos quienes únicamente realicen suministros o servicios de carácter intelectual en las obras de construcción (es decir, profesionales).



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