
Para Jubilado anticipado Una planificación fiscal precisa es especialmente importante, ya que la jubilación anticipada es posible como máximo cuatro años antes del inicio oficial de la jubilación. Por cada mes que se cobra la pensión anticipadamente, el monto de la pensión mensual se reduce en un 0,3 por ciento; en cuatro años completos, esto corresponde a una reducción del 14,4 por ciento. Para cerrar esta brecha de pensiones, tiene sentido invertir temprano en un seguro de pensiones privado vinculado a fondos de inversión, que ofrece mayores oportunidades de retorno y, por lo tanto, puede compensar la reducción de los ingresos de las pensiones.
Un pago más prolongado al plan de pensiones permite beneficiarse de la impuestos posteriores para beneficiarse. Las aportaciones en la fase de ahorro pueden deducirse de impuestos, mientras que los pagos de pensiones posteriores deben tributar. En muchos casos, esta forma de tributación resulta ventajosa porque la carga fiscal durante la fase laboral suele ser mayor que durante la jubilación, lo que resulta en una carga fiscal más favorable a lo largo de la vida.
Para Trabajadores autónomos con tipos impositivos elevados ofrece el privado Pensión básica (pensión Rürup) ventajas especiales. Dado que las aportaciones son deducibles como gastos especiales en la declaración de la renta, la carga fiscal se reduce significativamente durante la fase de empleo. Esto hace que la pensión básica sea una forma flexible y atractiva de realizar provisiones a largo plazo y, al mismo tiempo, ahorrar impuestos.
Al decidirse por uno Forma de pago También deberían tenerse en cuenta las implicaciones fiscales. Si el seguro de pensiones privado se paga como pensión vitalicia, sólo se debe gravar la denominada participación en los ingresos. Esta proporción disminuye cuanto mayor es la edad de jubilación. Cuando se paga a partir de los 60 años, sólo el 22 por ciento de la pensión anual está sujeto a impuestos; A partir de los 65 años, esta proporción cae al 18 por ciento, lo que reduce significativamente la carga fiscal en la vejez.
