
El final de las vacaciones de Navidad supone también el reinicio total de los plazos tributarios. Enero pone en el calendario 74 obligaciones: poco más del 75% de ellas están representadas por pagos. Lo que caracteriza el primer mes del año, además de la reanudación del envío de documentos tributarios desde los controles automatizados a los controles formales de las declaraciones tras la tregua de diciembre prevista por la implementación de la delegación fiscal, es la cita para la que pequeño Números de IVA personas físicas con el pago de anticipos fiscales aplazado desde la fecha límite del 30 de noviembre. Una medida que llegó con la conversión del decreto fiscal vinculado a la maniobra (Decreto Legislativo 155/2024) y que replicaba en todo detalle lo ocurrido el año anterior con el decreto vinculado a la ley de Presupuesto.
La elección de las cuotas.
Fuertemente deseado por la Liga y en particular por el presidente de la comisión de Actividades Productivas de la Cámara, Alberto Gusmeroli, el aplazamiento de los pagos fraccionados tiene un impacto que no es precisamente secundario para las arcas del Estado. De hecho, el aplazamiento del plazo de finales de noviembre tiene un impacto de 688 millones de euros. Una cantidad que ahora el Tesoro espera recuperar en parte el 16 de enero y en parte en los meses siguientes. La opción que ofrece el decreto tributario es doble: posponer el pago del segundo anticipo del impuesto hasta el 16 de enero y decidir si pagarlo hasta esa fecha en una solución única o optando por un entrega. En este segundo caso, el importe adeudado podrá “descomponerse” en cinco cuotas que vencen el día 16 de cada mes hasta el 16 de mayo. Naturalmente, aplazar los pagos hasta mayo tiene un coste, porque al coste de los intereses también habrá que sumarle las cuotas siguientes al primero del 16 de enero.
La audiencia de interesados.
¿Pero quiénes y cuántos son los interesados? Como se anticipó, la medida sigue el enfoque que ya se siguió hace un año solo para el año fiscal 2024. Por tanto, el aplazamiento y fraccionamiento de los pagos anticipados se refiere a personas físicas con número de IVA que en el período impositivo anterior declararon ingresos o compensaciones por un importe no superior a 170 mil euros. Se trata esencialmente de empresas individuales, trabajadores autónomos y profesionales. En teoría, una audiencia numerosa, dado que todos los contribuyentes a tanto alzado, es decir, los que participan, están ciertamente incluidos impuesto fijo 15% o 5% (para nuevas actividades productivas). Pero, considerando el efecto financiero estimado en 688 millones de euros, es probable que el perímetro real no esté muy alejado del del año pasado. Los datos fueron facilitados por el ministro de Economía, Giancarlo Giorgetti, en respuesta a una pregunta en la Cámara (véase «Il Sole 24 Ore» del 14 de noviembre), cuando informó que 276.277 sujetos participaron en el aplazamiento del año pasado, «de los cuales 83.233 contribuyentes del Irpef y 193.044 por el impuesto sustitutivo del régimen de contribuyentes mínimos a tanto alzado, por un valor de pagos aplazados hasta 2024 por importe de más de 600.000.000 de euros”.
Contribuciones
De hecho, por lo tanto, el aplazamiento y los plazos afectarán a laIrpefimpuestos sustitutivos como el impuesto único sobre las cantidades fijas, pero también los miniimpuestos extranjeros (el Ivie sobre bienes inmuebles y el Ivafe sobre activos financieros) y el impuesto de tasa fija sobre el alquilersólo por mencionar los más comunes. A pesar de los intentos realizados antes de la aplicación de la norma, las cotizaciones a la seguridad social y las primas de seguros adeudadas al Instituto Nacional del Seguro de Accidentes de Trabajo (Inail) siguen excluidas, para lo que habría sido necesario solicitar una cobertura financiera más elevada. .
La conexión con el acuerdo preventivo
En cambio, existe la conexión con el acuerdo preventivo. Porque los números de IVA de hasta 170 mil euros de ingresos o compensaciones que hayan firmado el acuerdo con las autoridades fiscales al aceptar el resultado propuesto también pueden incluir en el aplazamiento y pago del anticipo la parte del aumento de impuestos debida precisamente como resultado del aumento de la renta imponible propuesto por la administración financiera para el bienio 2024-2025 para los sujetos del Isa o para 2024 solo para las sumas globales. Una especie de medida adicional favorable (además de las numerosas medidas correctoras que caracterizaron el desarrollo del acuerdo) para hacer menos agotador el camino hacia un mayor cumplimiento en comparación con lo que realmente se debe en función de los ingresos o compensaciones recibidas de la propia empresa.




