5) ¿Puede el cliente elegir el soporte duradero en el que recibir las comunicaciones?
Las comunicaciones deberán enviarse en el formato elegido y aceptado por el cliente. Por ejemplo, si el cliente ha optado por el correo electrónico, el documento deberá enviarse en este formulario. Este paso ya estaba previsto en el Código del Consumidor pero con la nueva normativa se hace explícito
6) Si el cliente rara vez revisa su teléfono, ¿cómo se asegura de que reciba estas comunicaciones?
A partir del 1 de enero, todas las comunicaciones relativas a cambios en el contrato existente deberán enviarse en un soporte “duradero” y en una forma ya aceptada por el cliente. El vendedor debe asegurarse de que el cliente haya elegido y aprobado la forma en que recibe esta información, ya sea mensaje de texto, correo electrónico o correo postal. Además, deben ser claras y separadas de otras comunicaciones, como ofertas o anuncios. Si no se recibe nada, o hay dudas, el vendedor deberá demostrar que la información llegó al cliente.
7) Si te das cuenta de que no has aceptado un contrato, ¿qué puedes hacer para protegerte?
Como ya se mencionó, los vendedores están obligados a respetar el Código de Conducta Comercial y también son responsables de las acciones de terceros en los que confían, ya sean centros de llamadas o vendedores locales. en este caso se puede realizar un informe a la Autoridad y si surge una disputa se puede recurrir al Servicio de Conciliación de Areta.
8) Si el contrato se firmó sin consentimiento ¿se puede solicitar la nulidad?
El vendedor siempre debe demostrar que ha respetado las normas. En este caso, puede solicitar al proveedor que envió la factura que aporte prueba del nuevo contrato mediante el envío de una reclamación por escrito. Si no se ha solicitado la activación, el cliente tiene derecho a no pagar el suministro de conformidad con el artículo 66-quinquies del Código del Consumo.
9) Algunos call center amenazan con interrumpir el suministro. ¿Es un riesgo real?
Nadie se queda sin suministro de luz y gas salvo por motivos que dependen de su voluntad (por ejemplo por desactivación del punto a petición del cliente final), aunque algunos call center puedan decir lo contrario.