
¿Quién puede pagar las deudas con el estado a plazos? ¿Cómo se debe presentar la solicitud y desde cuándo? ¿Cuáles son las posibles ventajas de un plan de cuotas y qué pasa si no pagas una cuota o ésta caduca? Todas las preguntas que tienen respuesta en la nueva Guía de cuotas desarrollada por la Agencia Tributaria – Recaudación para todos los contribuyentes y ya disponible en el sitio web www.agenziaentrateriscossione.gov.it. Un verdadero manual destinado a los ciudadanos y empresas que quieren cumplir con el pago de las sumas solicitadas por el agente de recaudación pública en nombre de los organismos acreedores (Agencia Tributaria, INPS, etc.), pero que no pueden pagar con una solución única. . La guía sobre “El nuevo pago a plazos” incorpora las innovaciones aportadas a la institución del pago a plazos, a partir del 1 de enero de 2025, por la implementación de la reforma tributaria y, en particular, por el decreto legislativo que reorganiza la recaudación del sistema tributario nacional (Legislativo Decreto nº 110/2024).
Los pagos se aran por hasta siete años.
La gran novedad que introduce la reforma es la posibilidad de aplazar los planes de pago hasta siete años, repartiendo la deuda hasta 84 cuotas. 12 cuotas más de las 72 previstas hasta el 31 de diciembre. Y esto se aplicará a las solicitudes presentadas en 2025 y 2026. En los dos años siguientes (2027/28) las cuotas aumentarán a 96, es decir, 8 años, y luego pasarán a ser 108 cuotas (9 años) a partir de 2029.
La otra gran innovación de la reforma es la posibilidad de pagar a plazos una cantidad igual o inferior a 120 mil euros (el umbral se aplica a cada solicitud individual), con una simple solicitud y la declaración de encontrarse en situación temporal de necesidad económica objetiva. -dificultad financiera. De esta forma, a partir de este año se podrá obtener hasta un máximo de 84 cuotas mensuales.
Extensiones también hasta 120 cuotas
Para obtener un mayor número de cuotas, el contribuyente deberá, no obstante, documentar la situación de dificultad económico-financiera objetiva. Además, para importes superiores a 120 mil euros la solicitud de prórroga siempre deberá estar documentada y podrá concederse hasta un máximo de 120 cuotas.
Un simulador del peso de las cuotas
Desde el área reservada del sitio web de AdeR (accesible con identidad digital) es posible solicitar y obtener pagos fraccionados en línea desde su PC o teléfono inteligente con una simple solicitud. También se puede acceder a la página de acceso al área reservada mediante el código QR disponible en el formulario de solicitud específico. en el sitio web www.agenziaentrateriscossione.gov.itAdemás, Ader ha puesto a disposición un simulador que permite calcular, cuando el contribuyente debe documentar la situación de dificultad económico-financiera objetiva, el número máximo de cuotas que puede conceder y el importe orientativo de la cuota.



