
Incluso la última cuenta anual de la Contaduría General del Estado confirmaba que los jóvenes son una especie de quimera en nuestra Administración Pública. En 2021, hay alrededor de 180.000 menores de 30 años, frente a más de 3 millones de funcionarios. Sólo un poco más del 5%. De 2001 a 2021, la edad promedio en el sector público aumentó de 43,5 a 49,8 años, un aumento de más de 6 años. Sin embargo, una de las herramientas para abrir la AP a los jóvenes ya las nuevas habilidades es: el aprendizaje. Lástima que el instrumento todavía está en el puesto. En parte por desconocimiento por parte de muchas administraciones; en parte debido a una “mentalidad” aún fuerte de cierta burocracia pública que mira con desconfianza a los institutos considerados demasiado “privados”.
El intento de relanzamiento con el decreto de Reclutamiento
Lanzado en 2021 con el decreto “Contratación” (dl 80), desde hace un par de años todas nuestras AP pueden estipular, aunque como excepción al régimen ordinario, contratos de aprendizaje para jóvenes y estudiantes universitarios, incluidos los estudiantes de doctorado. , poniendo también disponibles 700 mil euros para 2021 y un millón de euros a partir de 2022. Se pueden activar aprendizajes de segundo y tercer nivel, en relación con proyectos específicos de formación y trabajo, y también pendiente de la disciplina de los respectivos convenios colectivos nacionales de trabajo.
La alarma del presidente de Arán
En definitiva, una amplia posibilidad. Sin embargo, el presidente de Aran, Antonio Naddeo, ha señalado en los últimos días a este diario que, pese a que hace un año se emitió el reglamento de ejecución, todavía no se han emitido las licitaciones necesarias para poner en marcha los programas. Pecado mortal, es el razonamiento de Naddeo, dado que el contrato de aprendizaje “sería el complemento ideal del camino emprendido en la Convención Colectiva Nacional de Trabajo, en el contexto de los nuevos sistemas de clasificación de personal, para la construcción de los “nuevos perfiles profesionales”. y habilidades relacionadas”. Añádase a esto la fase de transición que vive hoy toda la AP, lidiando con la revisión de los métodos organizativos y la necesidad de gobernar la innovación tecnológica en marcha, con la consecuencia de tener que asumir las competencias necesarias para los próximos 10/15 años. “El aprendizaje de la formación avanzada y la investigación entonces – prosigue Naddeo – permitiría una estrecha vinculación con las universidades para adaptar los estudios a las necesidades profesionales de las administraciones públicas”.
Los expertos: simplificando la legislación
“La posibilidad de realizar contratos de aprendizaje en las Administraciones Públicas existe desde hace muchos años -añadió Sandro Mainardi, catedrático de derecho laboral de la Universidad de Bolonia, y uno de los principales expertos en obra pública-, pero la implementación concreta del instrumento se ha mantenido en el entrecruzamiento de fuentes que siempre ha caracterizado a la disciplina. De hecho, la ley remite a un decreto del Presidente del Consejo de Ministros para la ejecución de los contratos, mientras que corresponde a un Decreto Interministerial definir las normas de formación y los criterios generales para la realización de los cursos de aprendizaje en ejecución. de los artículos 46 y 47 del Decreto Legislativo n. 81 de 2015. Además, se deja a la competencia de las Comunidades Autónomas y de las Provincias autónomas la duración de los contratos, en relación con los distintos contenidos formativos, con el límite de tres años. Es evidente, por tanto, que la ausencia de una normativa secundaria de referencia inhibe las iniciativas de planificación de las Administraciones Públicas, que, pudiendo moverse por vía derogatoria, deberán en todo caso proporcionar un marco contractual para el empleo de los jóvenes, coordinando naturalmente con los perfiles de trabajo de la nueva CCNL. Aquí también, el “trabajo en curso” para la definición de “familias profesionales” en las áreas, también a través de la negociación complementaria, no parece favorecer una fácil clasificación de los jóvenes aprendices en la Administración Pública”.



