El subsidio de inclusión y el apoyo a la formación, los bonos gubernamentales permanecen en el cálculo del ISEE


A los beneficiarios deSubsidio de inclusión y subsidio de apoyo a la formación y al trabajo no se aplicaexclusión del cálculo del ISEE de los bonos gubernamentales de hasta 50 mil euros. La norma está contenida en el paquete de medidas del Ministerio de Trabajo contenido en decreto Pnrr que se llevará al Consejo de Ministros hoy, lunes 26 de febrero.

Esta medida tiene una finalidad antielusión, dado que los dos instrumentos de apoyo, que sustituyen a los ingresos del ciudadano, están destinados a personas en situación de dificultad económica. Subsidio de inclusión y apoyo a la formación y al trabajo, por tanto, no encajan entre los beneficios sociales para los cuales la posesión de bonos gubernamentales está esterilizada del cálculo del ISEE.

Aún se espera el decreto de aplicación de la innovación introducida por la ley de presupuesto

Allá Ley de presupuesto 2024 introdujo la innovación relativa a la exclusión de los bonos gubernamentales (indicando el umbral de hasta 50 mil euros) a partir del cálculo del Indicador de Situación Económica Equivalente 2024 utilizado por las familias que pretenden solicitar una prestación social o servicios públicos en condiciones subsidiadas (desde bonificaciones en facturas hasta subvenciones para escuelas infantiles). Para obtener la certificación ISEE se debe completar la Declaración Única Sustituta (DSU), documento que contiene la información personal, de ingresos y patrimonial necesaria para describir la situación económica de la unidad familiar. Sin embargo, todavía se espera un decreto Mef-Lavoro para hacer operativa la medida introducida por la ley de Presupuesto.

Para la asignación de inclusión ISEE, el límite es de 9.360 euros

El subsidio de inclusión está destinado a familias en las que hay una persona discapacitada; menor de edad, tener al menos 60 años de edad; en situación de desventaja e incluidos en el programa de atención y asistencia de los servicios sociales y sanitarios locales certificados por la administración pública. La unidad familiar del solicitante deberá poseer conjuntamente un ISEE en vigor con un valor no superior a 9.360 euros; un valor de renta familiar inferior a 6.000 euros anuales, el umbral se multiplica por el parámetro correspondiente de la escala de equivalencia que varía en función de la composición de la unidad familiar.

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La cuantía del subsidio de inclusión se compone de un complemento a la renta familiar de hasta 6.000 euros anuales, al que se puede sumar una aportación para el alquiler del inmueble donde reside la familia hasta un máximo de 3.360 euros al año. año. El subsidio de inclusión se paga por un período continuo de hasta 18 meses y puede renovarse, después de un mes de suspensión, por 12 meses más.



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