
Un desguace de carpetas a la antigua. Con posibilidad de obtener bonificación fiscal en multas e intereses, a lo que ahora se suma también la cancelación de la prima. Es una de las novedades presentadas en el Palazzo Chigi en la rueda de prensa del Viceministro de Economía con responsabilidad en Finanzas, Maurizio Leo, quien recordó cómo en las carpetas entregadas hasta el 30 de junio de 2022 más de mil euros sólo se adeudará el impuesto, a pagar a plazos incluso en cinco años y sin incremento alguno, como el inicialmente asumido del 5%, en concepto de multas e intereses.
Presta atención a la fecha de entrega.
Para las carpetas inferiores a mil euros, en cambio, se confirma la cancelación para todas las entregadas al agente de recogida desde 2010 hasta el 31 de diciembre de 2015. No obstante, cabe recordar que para las carpetas inferiores a mil euros notificadas con posterioridad al 1 de enero de 2016, por tanto excluidos del extracto, aún pueden cancelarse pagando solo el impuesto. en carpetas por valor de mil euros destinadas al desguace, el beneficio para los contribuyentes morosos podría ser aún mayor. Todo dependerá de cómo se redacte la disposición que entrará en el proyecto de ley que se entregará a las Cámaras. Si los miles de euros se refieren a las cargas encomendadas al cobrador, el importe real de la carpeta podría ser aún mayor. Básicamente, si un contribuyente tiene una deuda de 500 euros en concepto de IVA 300 de Irap y 900 de Irpef, todos notificados con el mismo expediente, se le quitará de las oficinas una deuda de 1.700 euros sin pagar nada a Hacienda.
la regla de 5
Se mantiene en cambio la minisanción del 5% para la otra pata de la tregua fiscal y que afecta a todos documentos fiscales que aún no se han convertido en un aviso fiscal o aún no son objeto de litigio. Para las denominadas liquidaciones tributarias, en efecto, se seguirá la regla de cinco: cinco pagos fraccionados a lo largo de 5 años y multa reducida en un 5 por ciento. Sanción que podría reducirse aún más al 3% para quienes hayan recibido una notificación amistosa con la que las autoridades fiscales inviten al contribuyente a regularizar las discrepancias entre lo declarado y lo efectivamente pagado. En este caso, además de la multa del 3%, según los últimos rumores ya la espera del texto oficial, el pago podría ser escalonado en dos años.
Cierre facilitado de disputas pendientes
Para completar la tregua fiscal, también está el cierre facilitado de las disputas pendientes. En este caso, las herramientas que pone en marcha el gobierno para reducir la litigiosidad son más de una. En primer lugar, existe la posibilidad de cerrar los juicios en curso con las autoridades fiscales mediante el pago de un suma global graduada de acuerdo con el grado de juicio de la disputa. Un mecanismo ya adoptado con la paz fiscal de 2018 y que prevé, como entonces, el pago del 40% del valor en caso de pérdida por parte de la administración financiera en primera instancia. La cantidad adeudada se reduce al 15% del valor total en el caso de que el contribuyente resulte vencedor en segundo grado.
Luego también existe la posibilidad de pagar el 90% y se puede renunciar directamente a la disputa con las autoridades fiscales. Además de este cierre facilitado de disputas pendientes, el gobierno, como se mencionó, también ofrece otro. Una mejora de la conciliación judicial con la que el contribuyente puede pedir una discusión con la otra parte y llegar a un acuerdo. Sobre esa suma pactada con la administración vuelve a entrar en juego la regla del 5 y por tanto la posibilidad de cerrar el litigio pagando el 5% de las sanciones y pagando a plazos hasta en cinco años.




