
Las mujeres representan sólo el 2,1% de los ocupados entre los artesanos y metalúrgicos especializados e instaladores y mantenedores de equipos eléctricos, en la industria minera se detienen en el 2,4% y entre los conductores de vehículos, maquinaria móvil y de elevación en el 2,6%. Las cosas no van mejor en las Fuerzas Armadas: entre los sargentos, superintendentes y mariscales sólo el 3,7% del personal son mujeres, entre los oficiales el 4,8% y entre las tropas el 6,1%.
Tasa de disparidad del 95,9% entre artesanos y metalúrgicos especializados.
Es el decreto del Ministerio de Trabajo, de acuerdo con el Ministerio de Economía del pasado 30 de diciembre, que identifica para 2025 los sectores y profesiones caracterizados por una tasa de disparidad entre hombres y mujeres que supera al menos en al menos la disparidad media de la fuerza laboral. 25% aplicación de los incentivos a la contratación introducidos por la ley Fornero n.92 de 2012. La tasa media de disparidad detectada por el Istat para 2023 es del 9,6%. El umbral por encima del cual un sector se caracteriza por una tasa de disparidad entre hombres y mujeres que es al menos un 25% superior al valor medio es del 12%. Los sectores que han registrado una menor tasa de disparidad no se reportan, mientras que las profesiones mencionadas anteriormente incluidas en esta “lista negra” tienen una tasa de disparidad que varía entre el 95,9% (artesanos y metalúrgicos especializados e instaladores y mantenedores de equipos eléctricos) y el 87,9% (tropas de las fuerzas armadas).
Entre las profesiones cualificadas en los servicios de seguridad, las mujeres representan el 14,5% y la tasa de disparidad es del 71%. Entre las profesiones de la “lista negra” pero con mayor porcentaje de mujeres encontramos ingenieras, arquitectas y profesiones afines con un 20,2% de presencia femenina y la tasa de disparidad en el 59,6% y especialistas en tecnologías de la información y la comunicación donde las mujeres son el 19,2% y el la tasa es del 61,5%.
Los incentivos de la ley Fornero para las mujeres desfavorecidas
El mapeo que realiza anualmente el Ministerio de Trabajo es necesario para aplicar el incentivo a la contratación de mujeres consideradas desfavorecidas, porque según el Reglamento (UE) n. 651/2014 se encuentran en la condición de «estar empleados en profesiones o sectores caracterizados por una tasa de disparidad entre hombres y mujeres que supera la disparidad media entre hombres y mujeres en al menos un 25% en todos los sectores económicos del Estado miembro».
La ley Fornero había introducido una reducción del 50% en las contribuciones patronales para la contratación de cuatro categorías de trabajadores: mujeres de cualquier edad residentes en zonas desfavorecidas y sin empleo regular remunerado durante al menos seis meses; mujeres de cualquier edad, que ejerzan una profesión o trabajen en un sector en el que exista marcada desigualdad de género y que no tengan un empleo regular remunerado durante al menos seis meses; mujeres de cualquier edad, residentes en cualquier lugar y sin empleo regular remunerado durante al menos veinticuatro meses; hombres o mujeres de al menos cincuenta años de edad que hayan estado desempleados durante más de doce meses. El incentivo tiene una duración de 18 meses para contrataciones con contratos indefinidos y estabilizaciones, de 12 meses para contratos de duración determinada (incluida la administración).



