Decreto Coches RC, patinetes y bicicletas eléctricas: lo que ha aprobado el Gobierno

Luz verde al decreto legislativo que transpone la Directiva 2021/2118 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el seguro de responsabilidad civil de vehículos de motor, pero será necesario otro decreto para ver sus efectos

Giuseppe Croce

– Milán

El Consejo de Ministros aprobó la nueva Decreto sobre seguros de automóviles que implementa una directiva del Parlamento Europeo de 2021. Se han introducido numerosas innovaciones, pero las que han hecho más ruido son las que se refieren a laSeguro obligatorio a terceros para algunos «vehículos eléctricos ligeros»: scootersen primer lugar, pero no sólo porque por el momento esta categoría de medios ni siquiera existe. No hay menciónal menos en el comunicado de prensa oficial del Ministerio de Empresa y Made in Italy, enrequisito de matrícula para que estos vehículos estén asegurados. Sin embargo, todo vehículo que deba estar asegurado también debe ser identificable de alguna manera y reconocible y denunciable por un oficial de policía. Por este motivo, es casi seguro que el requisito de la matrícula entrará en vigor junto con el requisito del seguro.

DECRETO TPL PARA COCHES: NOVEDADES

A través del Decreto sobre el Seguro de Automóviles se introducen modificaciones en el Código de Seguros Privados y en el Código de Circulación «para garantizar una mayor protección al asegurado». Por un lado, se facilita la suspensión del seguro de vehículos históricos y de colección, por otro, laSeguro obligatorio para los vehículos privados incluso si permanecen parados en lugares accesibles al público. (como patios y estacionamientos de condominios) e incluso para vehículos que circulan en áreas privadas. Esto significa, por ejemplo, que si no pretendemos asegurar un coche debemos aparcarlo en un garaje privado, no accesible al público.

VEHÍCULOS ELÉCTRICOS LIGEROS

El Decreto sobre el seguro de automóviles prevé un seguro obligatorio para algunos «vehículos eléctricos ligeros», que se especificará en un decreto de aplicación posterior. Actualmente el Código de Circulación prevé, en el artículo 47 (Clasificación de vehículos), toda una serie de tipos de vehículos pero no tiene una definición específica de vehículo eléctrico ligero. Existe la categoría L1e, que incluye vehículos de dos ruedas con motor eléctrico con una potencia máxima de 4 kW y una velocidad máxima de 45 km/h. Existe la categoría L2e, que incluye triciclos eléctricos con una potencia máxima de 4 kW y una velocidad máxima de 45 km/h. Existe la categoría L6e, que incluye los cuatriciclos eléctricos con una masa en vacío de hasta 350 kg (sin incluir baterías) y aquellos con una potencia máxima de hasta 4 KW y una velocidad máxima de 45 km/h. Existe la categoría L7e, que incluye cuatriciclos eléctricos con un peso de hasta 400 kilos (sin incluir baterías) y una potencia de motor de hasta 15 kW.

SEGURO DE SCOOTER

Las modificaciones introducidas en el Código de Seguros prevén ahora un seguro obligatorio para los «vehículos eléctricos ligeros» impulsados ​​únicamente por la fuerza mecánica del propio motor, siempre que el vehículo alcance una velocidad máxima superior a 25 kilómetros por hora, o un peso neto máximo superior. a 25 kilogramos y velocidad superior a 14 horas. Es casi seguro que esta categoría incluirá: scooters electricos. Sin embargo, no existen diferencias derivadas de la potencia del motor eléctrico, ni del hecho de que el scooter se mantenga parado o se utilice efectivamente, en la vía pública o en espacios privados: siempre debe estar asegurado.

SEGURO DE BICICLETA ELECTRÓNICA

La obligación para los scooters. No parece extenderse también a las bicicletas eléctricas.. En el caso de las bicicletas eléctricas, de hecho, nos encontramos ante un vehículo eléctrico, que a menudo pesa más de 25 kilos y alcanza una velocidad de más de 14 kilómetros por hora, pero que no se mueve únicamente gracias a la potencia del motor. Las bicicletas eléctricas, cuando cumplen con las normas, proporcionan que el motor «ayuda» al pedaleo y no tracción y esto debería protegerlos de la obligación de seguro. Lógicamente no se puede decir lo mismo de los carritos de golf y otros vehículos similares.





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