
Todo lo que necesitas saber sobre los plazos de 2025 respecto a la trabajo doméstico: amas de casa, cuidadoras y niñeras. El Vedemecum proviene de Assindatcolfla Asociación Nacional de Empresarios del Hogar, ha elaborado una “mini” guía de los plazos para el año que acaba de comenzar. No sólo las contribuciones a la seguridad social. La lista de fechas a marcar en el calendario en el ámbito del trabajo doméstico es larga: desde la expedición de la certificación salarial hasta la confección de las nóminas, desde el cálculo del decimotercer salario hasta la posible liquidación de la indemnización por despido.
La fecha límite para pagar las contribuciones al INPS es el 10 de enero
Partimos del más inminente: el 10 de enero será el último día para el pago de las cotizaciones INPS relativas a la actividad realizada por los trabajadores domésticos en el trimestre octubre/diciembre de 2024. Los montos a utilizar para el cálculo deben, por tanto, serán las relativas al año que acaba de finalizar, mientras que a partir del próximo trimestre habrá que utilizar las nuevas tablas, las que publicará próximamente el INPS y que serán válidas para todo el año 2025.
Las cotizaciones por trabajo doméstico se pagan trimestralmente hasta el décimo día del mes siguiente: el 10 de enero para el pago correspondiente al cuarto trimestre del año anterior; 10 de abril para el primer trimestre (enero/marzo); el 10 de julio para el segundo (abril/junio); 10 de octubre para el tercero (julio/septiembre).
La contribución de asistencia contractual a Cassacolf
Al mismo tiempo que el INPS, el empleador también tiene la obligación de pagar (en los mismos plazos) la cotización de asistencia contractual a Cassacolf (0,06 euros por cada hora, de los cuales 0,02 euros a cargo del trabajador y 0,04 euros a cargo del empleador), que otorga el derecho a asistencia sanitaria y tratamientos de seguro que complementen las prestaciones públicas. Los empresarios deben conservar los recibos de los pagos realizados al INPS porque pueden deducirlos en la presentación de su declaración de impuestos, con un límite de 1.549,37 euros anuales de su parte.


