Cibo, juegos, meriendas, pero sobre todo salud. Garantizar una buena calidad de vida a tu amigo de cuatro patas tiene un coste considerable. Según una encuesta de Federconsumatori per tener un perro en el primer año de vida se necesita una media de 1.700 a 2.500 euros. Mientras que para los años siguientes desde 1.500 euros para un perro pequeño a 2.232,20 para un perro mediano/grande. para el gato en cambio, los costes ascienden a una media de 1.178,50 € durante el primer año de vida. Y a 892,00 € para los años siguientes. No hace falta decir que si tenemos en cuenta que un perro o un gato vive una media de 12 a 15 años, los costes de mantenimiento pueden tener un impacto significativo en los recursos económicos. Tras años de espera, finalmente llegará en 2024 apoyo a las familias quienes soportan estos costos. De hecho, el gobierno Meloni ha incluido en el Ley de Presupuesto el que ya ha sido renombrado Bono por mascota o Bono por mascota.
Bono por mascota, edad y requisitos ISEE para acceder al fondo
En realidad, el apartado 207 delle Medidas cuantitativas para la realización de los objetivos programáticos leemos sobre un “fondo” “destinado a apoyar a los propietarios de mascotas en pago de visitas veterinarias y operaciones quirúrgicas veterinarias, así como en la compra de medicamentos veterinarios». Es una versión reducida del soporte inicialmente hipotetizado, pero sigue siendo algo.
Los requisitos para acceder al Bono Mascota son estrictos. Y esto limita significativamente la audiencia de beneficiarios. Sólo «los propietarios de mascotas que tengan un valor ISEE inferior a 16.215 euros y una edad superior a sesenta y cinco años».
750.000 euros en tres años para apoyar a los dueños de perros, gatos, hámsteres y canarios
Para financiar la bonificación se realizó una dotación de “250 mil euros para el año 2024. 250 mil euros para el año 2025 y 250 mil euros para el año 2026”. Es decir, un total de 750 mil euros en tres años (2024-2026). Mientras que aún no se han dado a conocer los métodos para el desembolso de los recursos y los criterios para la asignación de los mismos. Deberán publicarse dentro de los 90 días siguientes a la fecha de entrada en vigor de la ley. Por tanto, deberíamos saber algo más sobre la medida antes de Semana Santa.
¿Qué animales peludos o emplumados entran en la categoría de animales de compañía? Residencia en Decreto del Primer Ministro, 28 de febrero de 2023, todos “animales mantenidos o destinados a ser mantenidos por humanos con fines de compañía o afecto sin fines productivos o alimentarios, incluidos los que realizan actividades útiles para el ser humano, como perros para discapacitados, animales de terapia, animales de rehabilitación y animales utilizados en publicidad”. En la práctica: perros, gatos, hurones, aves (excepto aves de corral), roedores y conejos. De momento no se sabe nada sobre anfibios, animales acuáticos e invertebrados: habrá que esperar a otras indicaciones.
La deducción de gastos veterinarios en la declaración de la renta (sin límites ISEE)
Esta ayuda es adicional a posibilidad de deducir los gastos veterinarios en su declaración de la renta que ya tienen los dueños de perros, gatos y compañía, y sin límites Isee. La deducción es igual al 19% de los gastos veterinarios incurridos hasta un importe máximo de 550 eurospor la parte que exceda de la franquicia de 129,11 euros. Así se establece en el artículo 15, apartado 1, letra c-bis del TUIR.
Como se informa en la guía de la Agencia Tributaria para completar el 730la deducción máxima es inferior a 80 euros (dado que el límite máximo es de 550 euros, y la deducción 19ª se calcula sobre un importe de 420,89 euros, neto de la franquicia).
Ser Son deducibles los servicios profesionales del veterinario, la compra de medicamentos veterinarios prescritos, los costes de las pruebas de laboratorio y las intervenciones en clínicas veterinarias acreditadas. (contra factura o recibo “parlante”). El límite de deducibilidad es el mismo para todos los gastos veterinarios incurridos, independientemente del número de animales que se posean.
Aplica solo para mascotas
“Sólo se podrán deducir los gastos veterinarios ocasionados por el cuidado de animales en tenencia legal, de compañía o con fines deportivos”, certificables con microchip. En otras palabras, “No son deducibles los gastos por el cuidado de animales destinados a la cría, reproducción o consumo alimentario. y de animales de cualquier especie criados o mantenidos en el ejercicio de actividades comerciales o agrícolas, ni en relación con animales utilizados para actividades ilícitas”.
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