Consulta por Internet sobre el período de revisión del IVA en servicios a bienes inmuebles


Noticia | 03-05-2024 | 16:33

Según la normativa actual del IVA, es posible hacerlo mediante el llamado “estructura de corta estancia” ahorrar impuestos. Por ejemplo, al alquilar viviendas sujetas al IVA durante un breve período después de una renovación importante, un empresario puede deducir el IVA de esta renovación. Si luego el empresario procede a alquilar una vivienda exenta del IVA, el derecho a deducción permanece intacto. Esto genera desigualdad de condiciones en el sector del alquiler. El gobierno considera que esto es indeseable y por eso está presentando un proyecto de reglamento para combatir esta estructura. Ese concepto ya está disponible para consulta para que se puedan hacer comentarios.

Se propone ampliar el régimen de revisión que ya se aplica a los bienes de capital (in)muebles, como ordenadores portátiles y edificios, a servicios a bienes inmuebles de al menos 30.000 euros, como renovaciones y mantenimiento importante. El empresario debe controlar durante cuatro años si es necesario corregir la deducción inicial del IVA. Por tanto, la deducción del IVA aplicada anteriormente se compara cada año (cada una por 1/5 parte) con el uso del servicio (para servicios gravados o exentos) en ese año. Esto hace que la estructura de ahorro de impuestos no deseada con alquileres a corto plazo sea mucho menos atractiva, creando un campo de juego más nivelado para los empresarios inmobiliarios.

Propuesta anterior: período de revisión de servicios valiosos

En 2017 ya se consultó un proyecto de ley similar. En aquel momento la propuesta no prosperó, en parte debido a las reacciones. En aquel momento se criticaba principalmente la gran complejidad y el amplio alcance de su funcionamiento. Por eso esta nueva medida se centra en los servicios a bienes inmuebles por encima de un umbral de 30.000 € y también se propone un período de transición.

Acuerdo transitorio

La propuesta incluye una ley transitoria en forma de una entrada en vigor pospuesta a partir del 1 de enero de 2026. Esto da al sector un año para prepararse para la medida después de que entre en vigor.

Consulta por Internet y reunión de partes interesadas

Para garantizar que el mayor número posible de partes interesadas puedan aportar su opinión sobre este proyecto de ley, el Ministerio de Finanzas iniciará una consulta por Internet que se llevará a cabo del 5 de marzo al 2 de abril de 2024. La consulta por Internet se puede encontrar aquí: Overheid.nl | Consulta sobre la revisión del IVA para los servicios inmobiliarios (internetconsultatie.nl) Los aportes de la consulta por Internet se incluirán en la elaboración final del reglamento. Si la consulta revela algún efecto imprevisto o no deseado, esto puede ser motivo para ajustar o reconsiderar la propuesta.

Tras la consulta por Internet, está prevista una reunión de partes interesadas en La Haya el 12 de abril de 2024. Durante esta reunión, las partes tendrán la oportunidad de explicar más detalladamente su posición. Si desea ser invitado a esta reunión, le pedimos que lo haga saber durante la consulta por Internet.



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