
El presidente de la República Sergio Mattarella firmó el proyecto de ley Nordio. La disposición con una serie de medidas de justicia incluye, entre otras cosas, la cancelación del delito de abuso de poder.
Cómo funciona la reforma
El proyecto de ley, que lleva el nombre del Guardián de los Sellos Carlo Nordio, se compone de ocho artículos y propone una reforma significativa del código penal, del código de procedimiento penal y del sistema judicial. Aquí están los puntos principales.
DEROGACIÓN DEL ABUSO DE CARGO: se deroga la disposición del código penal (art. 323) que castiga al funcionario público que, violando deliberadamente las leyes, los reglamentos o la obligación de abstenerse, cause daño a otros u obtenga una ventaja económica. En 2020 se modificó este artículo especificando que el delito no podría cometerse en presencia de márgenes de discrecionalidad administrativa en la adopción de una medida. Ahora esta disposición queda anulada por completo. Mientras tanto, sin embargo, el gobierno, con el decreto penitenciario, ha reintroducido una cobertura penal parcial para el abuso de propiedad por parte de funcionarios públicos. Y se prevé una pena de 6 meses a 3 años para quien, siempre que no quede margen de discreción administrativa en la disposición, perjudique a terceros o se aproveche destinando sumas de su poder a fines distintos de los previstos por la ley. . Esto es lo que antes de 1990 se llamaba “malversación por distracción”.
CAMBIOS PARA INFLUIR EN EL TRÁFICO: Se reduce el ámbito de aplicación de este delito. La mediación se considera ilícita si tiene como objetivo provocar que un funcionario público cometa un delito. Se elimina la hipótesis de ‘fanfarronería’ y se mantiene la conducta más grave. En cuanto a las sanciones, se aumenta la pena mínima legal: de 1 año y 6 meses a 4 años y 6 meses.
INTERCEPCIONES Y PROTECCIÓN DE TERCEROS: No deberán divulgarse conversaciones y datos relativos a sujetos ajenos a las investigaciones, salvo que se consideren relevantes para el proceso. Y en la solicitud de medida cautelar del fiscal y en el auto del juez no deberán indicarse los datos personales de sujetos distintos de las partes, salvo que ello se considere indispensable para la presentación de los elementos pertinentes. Por tanto, el juez deberá eliminar las interceptaciones que contengan datos relativos a sujetos distintos de las partes, cuando no sean esenciales.


