El Juez Apostólico no convalidó otras cuatro detenciones


La jueza del tribunal de Catania, Iolanda Apostolico, no validó la orden de detención en el CPR de Pozzallo, en la provincia de Ragusa, contra cuatro inmigrantes tunecinos. La disposición fue emitida por el comisario de policía de Ragusa. La semana pasada, el magistrado ya había rechazado otras seis detenciones de ciudadanos tunecinos llegados a la costa siciliana. El juez fue duramente atacado por el líder de la Liga Mateo Salvini por su decisión.

El solicitante no puede ser detenido para examinar la solicitud.

«El demandante – escribe Apostolico en una de las cuatro disposiciones en las que niega la convalidación de la detención – no puede ser detenido con el único fin de examinar su solicitud y, como ya se indicó en decisiones anteriores de este tribunal, la detención de un solicitante de protección internacional de las directivas europeas, que constituye una medida de privación de la libertad personal, sólo puede aplicarse legítimamente en presencia de las condiciones justificativas previstas por la ley».

Cómo asumir el estatus de solicitante

El juez reitera, como ya está escrito en otros autos, que la condición de solicitante de asilo se asume con la expresión de la voluntad de invocar protección y en los 4 casos tramitados esta voluntad ya fue expresada en Lampedusa. En Pozzallo, de hecho, los refugiados tunecinos se limitaron a reiterar lo solicitado en la isla a su llegada: por lo tanto, por ley, no se les puede aplicar el llamado procedimiento fronterizo y, por tanto, cesa la detención.

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El pago de la garantía es incompatible con la directiva UE de 2013

El juez señala luego que la norma del llamado Decreto Cutro que prevé el pago de una suma como garantía como medio para evitar la detención es «incompatible con la directiva de la UE de 2013» tal como la interpreta la jurisprudencia según la cual «la detención sólo puede tener lugar cuando sea necesario, sobre la base de una evaluación caso por caso, a menos que no sean efectivamente aplicables medidas alternativas menos coercitivas». Por último, Apostolico cita una sentencia del Tribunal de Justicia de 2020 según la cual las normas de la UE «deben interpretarse en el sentido de que impiden, en primer lugar, que un solicitante de protección internacional sea detenido por el único motivo de que no puede satisfacer sus propias necesidades».

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Liga: ¿justicia o política? intervengamos

«¿Justicia o política? Primero en una plaza donde se insulta a la policía y se defienden los desembarcos, luego en los tribunales para volver a poner en circulación a otros inmigrantes ilegales. Es necesaria una intervención, como lo permite la Constitución, por respeto a la ley, al sentido común y al pueblo italiano», se lee en una nota de la Liga comentando la última sentencia de Catania y la decisión del Juez Apostólico de no validar las detenciones en el centro de solicitantes de asilo de Pozzallo ordenadas por el comisario de policía de Ragusa contra cuatro inmigrantes tunecinos.



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