El plazo máximo para el desembolso de la Renta de Ciudadanía a familias en las que no haya menores, discapacitados o mayores de 60 años es de siete meses, por lo que la posibilidad de contar con la medida finaliza en julio. El INPS lo especifica en una circular recordando la ley de Presupuesto y recordando que esta medida caduca para todos al final 2023mientras que desde 2024 entrará en vigor las nuevas normas redactadas en el decreto de mayo. El instituto también explica que los hijos entre 18 y 29 años que formen parte de familias con la Renta de la Ciudadanía y que no hayan completado 10 años de educación obligatoria y por lo tanto hayan dejado la escuela antes de los 16 años, no tendrán derecho a la parte de la renta. los ingresos del ciudadano.
Rdc caduca después de la primera oferta de trabajo adecuada
Además, el derecho a la renta básica caduca si se rechaza la primera oferta de trabajo adecuada. “La ley de Presupuesto 2023 – dice la circular del INPS – intervino aún más en el asunto al establecer que la pérdida de la Renta de Ciudadanía ocurre después de la denegación de la primera oferta de trabajo idónea”.
La oferta se considera adecuada si respeta los principios de coherencia con la experiencia y las competencias adquiridas; distancia desde la residencia y tiempos de traslado por medio de transporte público; duración del desempleo; Salario al menos un 10 % superior a la prestación máxima disponible para una sola persona, incluido el componente que complementa los ingresos de los hogares que residen en viviendas alquiladas. El lugar de trabajo de la oferta debe estar dentro de los ochenta kilómetros de la residencia del beneficiario o, en todo caso, accesible en el límite de tiempo máximo de cien minutos en transporte público.
En julio parada Rdc para núcleos sin minusválidos, menores y mayores de 60 años
Del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023, de conformidad con el artículo 1, párrafo 313, de la ley n. 197/2022, recuerda el INPS, la medida Renta de la Ciudadanía se reconoce a los beneficiarios en el límite máximo de siete meses (anteriormente era de 18 meses, prorrogable tras un mes de suspensión). Quedan excluidas las “familias en las que existan personas con discapacidad, menores de edad o personas mayores de sesenta años”.
En particular, quedan excluidas las personas “en condiciones de discapacidad media o grave y no autosuficiencia”. «Para estos sujetos, así como para los menores y las personas mayores de sesenta años, incluidos los perceptores de una pensión de ciudadanía, por tanto, la duración de la prestación seguirá siendo la señalada por el decreto 4/2019. Sin embargo, en todos los casos mencionados anteriormente, la provisión del beneficio no puede continuar más allá del 31 de diciembre de 2023. A partir del 1 de enero de 2024, de hecho, la derogación de los artículos 1 a 13 del decreto ley n. 4/2019, previsto en el artículo 1, apartado 318, de la Ley de Presupuestos para 2023, dará lugar a la eliminación de la prestación”.