Superbonus, el Gobierno estudia el parón a todas las transferencias de crédito


Detenga todas las transferencias de crédito de todos los bonos fiscales, obviamente comenzando con el superbono. Esta hipótesis también aparece en el decreto que estudia el Gobierno sobre los créditos fiscales, pendiente del Consejo de Ministros. Mientras se consolida la prohibición de compras para las administraciones públicas, anticipada en las últimas horas, el ejecutivo estaría evaluando dar un sensacional giro para frenar el caos que domina desde hace meses el mercado de los créditos fiscales vinculados a las obras de construcción.

Son, por tanto, tres líneas en las que el Gobierno está trabajando en estas horas para corregir las reglas sobre la cesión de créditos. En el borrador del decreto, el primero, y el más sensacional, prevé la paralización de todas las transferencias de bonificaciones fiscales. En esencia, el Gobierno se plantea desactivar la ley marco que regula las ventas (artículo 121 del decreto de Relanzamiento). En todo caso, quedarán excluidas de este cambio las intervenciones ya iniciadas.

La segunda línea de intervención tiene como objetivo bloquear de raíz las operaciones de compra de crédito por parte de las Regiones y otros organismos públicos, como se anticipó el jueves en el Sole 24 Ore. La ley prevería una prohibición absoluta para que los municipios, provincias y regiones adquieran créditos fiscales vinculados a obras de renovación. De hecho, estas operaciones de compra podrían contabilizarse como deuda, lo cual es posible solo en formas muy limitadas. Así, iniciativas como la de la Provincia de Treviso, que anunció hace unos días la compra de 14,5 millones de euros a dos bancos, o la Región de Cerdeña, que aprobó un reglamento para la compra de créditos en su Ley de estabilidad. Todas las operaciones que están prohibidas.

Finalmente, la tercera intervención retoma la circular núm. 33/E de octubre de la Agencia Tributaria, limitando la responsabilidad del proveedor que haya aplicado el descuento en la factura y de los cesionarios de los créditos. Se excluye que estos sujetos hayan tenido conducta negligente cuando hayan adquirido una serie de documentos: licencias de obra, notificación a la autoridad sanitaria local, constancia fotográfica y video de la ejecución de las obras, levantamientos catastrales, visados, aseveraciones. Esta exclusión también afectará a los titulares de cuentas que compren en bancos.



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