
Estos sujetos «a partir del año 2025, no pueden realizar gastos de adquisición de bienes y servicios por un importe superior al valor medio efectuado para los mismos fines en los ejercicios 2021, 2022 y 2023. Para las fundaciones y teatros de ópera-sinfónica tradicionalmente , los ejercicios de referencia son los años 2022 y 2023″, excluyendo el periodo Covid
Entre los párrafos de la maniobra también figura una revisión del gasto de entidades, empresas, organizaciones y fundaciones que reciben contribuciones públicas “importantes” (que serán definidas por un Decreto del Primer Ministro). Los órganos de control interno deberán realizar un control sobre los mismos y enviar un informe anual al Mef. Estos sujetos «a partir del año 2025, no pueden realizar gastos de adquisición de bienes y servicios por un importe superior al valor medio efectuado para los mismos fines en los ejercicios 2021, 2022 y 2023. Para las fundaciones y teatros de ópera-sinfónica tradicionalmente , los ejercicios de referencia son los años 2022 y 2023”, excluyendo el periodo Covid. La medida recibió luz verde de la Cámara y ahora pasa al Senado para su consideración.



