7 pasos administrativos a seguir para crear tu negocio


Kbis, JAL, registro de empresa… Puede que estos términos no signifiquen mucho para usted. Sin embargo, están en el centro de cualquier proyecto de creación de sociedad. Son parte de los pocos documentos y trámites necesarios para emprender la aventura emprendedora. Volvemos a los siete pasos administrativos principales.

1. La definición de la forma jurídica

Para darle vida a tu proyecto empresarial, lo primero que debes definir es la forma jurídica. Entre los existentes:

EURL, o Sociedad unipersonal de responsabilidad limitada;
SARL, o Sociedad de Responsabilidad Limitada;
SA, o Société Anonyme SA;
SAS, o Sociedad por Acciones Simplificadas;
SASU, o sociedad anónima unipersonal simplificada.

Varios criterios difieren según la forma jurídica elegida, como el número de socios, el estatus social, la situación fiscal, el importe de las aportaciones, etc.

2. Los estatutos

Otro paso importante es la redacción de los estatutos de la empresa. Este es un conjunto de reglas que definen cómo funciona. Deberán estar escritos a mano e incluir la siguiente información:

su razón social;
su forma jurídica;
la dirección de su sede;
los aportes de cada socio o accionista;
el importe del capital social;
el objeto (resumen de las principales actividades de la empresa);
su vida útil.

Una vez redactados, los estatutos deben ser redactados por todos los socios y accionistas de la sociedad.

3. Domiciliación

Entonces es necesario dar una dirección administrativa oficial a la empresa, que se convertirá en su sede. Es a esta dirección a donde se enviarán los documentos oficiales legales, sociales y tributarios, así como cartas de clientes y proveedores.

La domiciliación de una entidad puede realizarse en el domicilio del administrador, en un local comercial o con una sociedad de domiciliación.

4. Construir capital social

Una vez finalizada la búsqueda de financiación y elegida la forma jurídica, se deberá constituir el capital social. Corresponde a la suma de los aportes realizados por los socios durante la creación de la sociedad. No sólo influye en el reparto de competencias entre los diferentes actores, sino que también sirve como herramienta de financiación a la hora de poner en marcha la actividad.

Los fondos deben depositarse y cobrarse ante un banco o notario. Para ello será necesario facilitar al depositario algunos datos básicos, como los estatutos y un certificado que indique el origen de los fondos.

5. El diario de anuncios jurídicos (JAL)

También es necesario publicar un anuncio legal para crear su negocio. Aquí se menciona toda la información relativa a la empresa. El objetivo es informar a terceros (competidores, clientes, inversores) de su creación y de futuros acontecimientos que marcarán su historia.

El anuncio deberá publicarse en un periódico autorizado para recibir anuncios jurídicos, ubicado en el departamento de la sede central de la organización.

6. Registro

Luego de completar estos pasos, deberá registrar la empresa. Deberá realizarse, a más tardar, dentro de los treinta días siguientes al inicio de su actividad.

Desde el 1 de enero de 2023, la solicitud deberá realizarse en la página web de la mesa de trámites comerciales. Este nuevo servicio único permite a todas las organizaciones realizar sus trámites en colaboración con las administraciones interesadas.

Una vez tramitado el expediente de registro por el contacto competente, la empresa queda inscrita en el directorio nacional de empresas (RNE) y en el registro mercantil y de empresas (RCS). Este método también resulta en la entrega de dos documentos: el Kbis y el número SIRET.

7. Los kbis

El Kbis es el único documento que acredita el registro ante el RCS. Actúa como documento de identidad de una empresa. Reúne información esencial sobre ella: su número SIREN, su número SIRET, su denominación social, su forma jurídica, su actividad, su dirección, su capital social, etc. Es posible obtener su extracto de kbis en línea. Este último será necesario para varios trámites, por ejemplo la apertura de una cuenta bancaria profesional.

Estos pocos pasos son necesarios para poder realizar su actividad en Francia. Tras completar cada uno de ellos, los profesionales podrán dar sus primeros pasos en el mundo del emprendimiento.



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