El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha emitido una orden a la Oficina de Conflicto de Intereses , que pertenece al Ministerio para la Transformación Digital , para que admitan la denuncia presentada por el Partido Popular (PP) en contra del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez . Esta denuncia se centra en el controversido rescate de Air Europa y los negocios vinculados a su esposa, Begoña Gómez , según informes de Europa Press .
En una reciente sentencia, los magistrados del tribunal se han manifestado tras la declaración del PP , que presentó un recurso contencioso-administrativo ante el TSJ de Madrid en respuesta al archivo de su denuncia por parte de la Secretaría de Estado de Función Pública y la referida Oficina. Este archivo se originó a raíz de un procedimiento iniciado en marzo de 2024 por los miembros del PP , liderados por Alberto Núñez Feijóo .
El tribunal justificó su postura al afirmar que “ debe procederse a la tramitación de la denuncia ” del PP, requiriendo una actividad de investigación más extensa al respecto. Además, enfatiza que, tras la investigación inicial, “ se dictará la resolución procedente , que puede incluir el archivo de las actuaciones siempre que se presente una decisión motivada que considere las pruebas solicitadas”, explicaron los magistrados.
En la sentencia, el TSJ de Madrid validó que el PP está legitimado para presentar la denuncia y cuestionar su archivo, dado que no se realizó “ una actividad investigadora mínima que justifique la decisión tomada”, subrayaron los jueces.
La denuncia inicial del PP argumentó que el presidente Sánchez debía haberse abstenido de participar en decisiones del Consejo de Ministros relacionadas con el rescate de Air Europa, en virtud de que dichas decisiones afectaban a los “ intereses personales ” de su esposa. Sin embargo, la Oficina de Conflicto de Intereses había respondido que no había motivos suficientes para considerar que el presidente debía abstenerse.
Los magistrados señalaron que no se llevó a cabo ninguna actividad de investigación material por parte de la oficina más allá de un informe poco detallado. “ No se aporta documentación alguna que sustente el contenido del informe ”, añadieron los magistrados, destacando la falta de sustento en la base de la negativa inicial.
El tribunal recordó que la Oficina desestimó la denuncia del PP apoyándose en un informe de la Secretaría General de la Presidencia , que aseguraba que Begoña Gómez no había mantenido ninguna relación laboral o profesional con Air Europa o Globalia que requiriese una obligación de colaboración en decisiones relacionadas con su funcionamiento.
A través de su decisión, los magistrados subrayan que la solicitud del PP de llevar a cabo ciertas diligencias de prueba “ pueden y deben ser valoradas para determinar su procedencia y adoptar en su caso la decisión que corresponda”. Sin embargo, insistieron en que “ nada consta en este caso a este respecto”, dejando entrever la necesidad de más acción investigativa .
Por último, el TSJ reafirmó que la denuncia presenta hechos que requieren un mínimo de investigación. La negativa de la Oficina de Conflicto a considerar la relación de Begoña Gómez con Air Europa o Globalia “ no es suficiente para dar cierre al caso”. Para el tribunal, investigar si ciertas actividades pueden afectar la imparcialidad de un alto cargo como el presidente del Gobierno es un asunto de “ interés ” que trasciende a la política, representando también un área de interés público para asegurar la transparencia que debe existir en el proceso de vigilancia de la conducta pública.
(Noticia elaborada por Europa Press)

