El derecho al voto se conoce en la Constitución como sufragio activo. Para tener derecho a ello, el elector debe tener la nacionalidad holandesa, tener 18 años o más y no estar excluido del derecho a votar. Esto último sólo ocurre tras una sentencia judicial.
Además del sufragio activo, existe el sufragio pasivo. Ese es el derecho a ser elegido.
Personas de dieciocho años o más no tienen nacionalidad holandesa y han vivido legalmente en los Países Bajos durante al menos cinco años, pueden votar en las elecciones municipales y en las elecciones de la junta de agua. Los ciudadanos de los estados miembros de la UE que vienen a vivir a los Países Bajos tienen derecho de voto inmediato en las elecciones municipales, las elecciones al Parlamento Europeo y las elecciones de la junta de aguas.