Venta online, cuenta atrás para el censo antievasión


A más tardar el 31 de enero de 2024, los gestores de plataformas digitales residentes en Italia y, en determinadas condiciones, los gestores extranjeros «extracomunitarios» (Fpo), deberán comunicar a la Agencia Tributaria los datos sobre las ventas de bienes y servicios prestados por los usuarios a través de sus sitios y aplicaciones. Hasta el 29 de febrero, las autoridades fiscales italianas compartirán esta información con las autoridades de otros países de la UE, en función del estado de residencia del vendedor, recibiendo a su vez información relativa a los vendedores (personas físicas o jurídicas) residentes en Italia.

La directiva europea puesta en funcionamiento

La hoja de ruta fue delineada por una disposición del director de la Agencia Tributaria, que hizo operativa efectivamente la directiva europea Dac7 (2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021) sobre el intercambio automático de información sobre los ingresos de los usuarios que venden productos o proporcionar servicios a través de plataformas digitales, tal como se implementó en la ley italiana mediante el Decreto Legislativo 32/2023.

Las actividades “vigiladas”

Dac7 establece que están dentro de la obligación de comunicación: el comercio electrónico, el alquiler de bienes inmuebles, la oferta de servicios personales y las actividades de alquiler de cualquier medio de transporte. Sin embargo, tanto los datos relativos a los grandes proveedores de alojamiento en el sector hotelero (aquellos con más de 2.000 actividades «relevantes»), para los que la administración financiera dispone de otros flujos de datos, como los relativos a los «pequeños anunciantes» (vendedores para los que la plataforma gestor ha facilitado menos de 30 actividades «relevantes» y el importe total de la tasa correspondiente pagada o acreditada no supera los 2.000 euros en el año).

Las plataformas afectadas

La disposición de la Agencia define el contenido, los términos de la comunicación y las normas para los responsables obligados a enviarla. Quienes deben comunicar los datos a la Agencia Tributaria son, en particular, los administradores de plataformas residentes a efectos fiscales o establecidos o administrados en Italia o con un establecimiento permanente en nuestro país. Se sigue solicitando a los gestores exentos el envío de un “Aviso de ausencia de datos para comunicar”. La disposición también dicta las normas para los operadores de plataformas extranjeros (FPO), es decir, gestores extranjeros no cualificados no pertenecientes a la UE, que deben comunicar datos a la Agencia Tributaria: este es el caso, sólo a modo de ejemplo, de los operadores que facilitan el alquiler de propiedades. ubicado en Italia.

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Los plazos para las comunicaciones

Los responsables de la plataforma comunicarán la información antes del 31 de enero del año siguiente a aquel al que se refiere la comunicación. Por lo tanto, la primera información, relativa a 2023, deberá comunicarse antes del 31 de enero de 2024. La Agencia Tributaria y las demás autoridades de los Estados miembros compartirán los datos relativos a los vendedores en un plazo de dos meses a partir del final del período de comunicación. Por tanto, el primer intercambio se realizará antes del 29 de febrero de 2024.



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