Se esperaba que la televisión durara más debido a su precio.
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La Junta de Conflictos de Consumo ha resuelto un caso en el que se rompió el panel de un televisor OLED de 1.679,24 euros pasados los dos años de garantía. El televisor se compró en diciembre de 2016 y se estropeó entre 2018 y 2020.
En el caso, se discutió si es posible que el consumidor reciba una compensación del vendedor después de la compensación pagada por la compañía de seguros.
El panel se desintegró gradualmente.
El comprador notó en 2018 que los colores del panel del televisor estaban muy distorsionados y luego apareció un área esférica en el medio de la pantalla donde el amarillo era verde y el rojo era gris. Según el comprador, las señales de esto ya se podían ver alrededor de un año antes.
– Los problemas del panel no parecían tan claros como para que el comprador hubiera podido reclamar entonces, dice la Junta de Disputas del Consumidor en su decisión.
Cuando el comprador informó del error al vendedor, este último se negó a reparar el televisor o a dar un reembolso porque “era una característica de la tecnología OLED, no un defecto”. El vendedor también se refirió a la era de la televisión.
El seguro reemplazó la pieza.
El comprador anuncia en televisión casi cuatro años después de la compra.
El seguro de hogar había reembolsado al comprador 934,30 euros. El comprador exigió al vendedor la franquicia de 150 euros que pagó a la compañía de seguros en concepto de reducción del precio, así como 500 euros por la reducción de edad realizada por la compañía de seguros.
Según el vendedor, la reclamación hecha cuatro años después de la compra del televisor ya no era responsabilidad del vendedor, cuando se tenía en cuenta la indemnización pagada por el seguro del hogar y la utilidad. Además, según el vendedor, el comprador había permitido que el problema empeorara con el tiempo.
En su decisión, la Junta Contencioso-Administrativa acabó recomendando al vendedor el pago de la rebaja del precio, que en esa situación era de 300 euros.
La Junta de Conflictos del Consumidor afirmó que el comprador no puede obtener dos veces la devolución, porque ya había recibido más de 900 euros de la compañía de seguros por los problemas con la televisión.
La junta concluyó que el comprador había pagado las primas del seguro voluntario de hogar para reducir su propio riesgo. La junta también mencionó que “el consumidor tiene el poder de elegir si busca el reembolso del seguro o del vendedor”.
– Sin embargo, al solicitar la devolución de su seguro, el consumidor no pierde su derecho a exigir al vendedor la parte de responsabilidad por culpa que exceda de la indemnización del seguro, precisa la sentencia.
La junta consideró que la reducción de edad realizada por la compañía de seguros era excesiva en relación con el valor real del televisor desde el punto de vista de la responsabilidad por culpa. Además, se consideraba que el consumidor tenía derecho a recibir una franquicia del vendedor.
Además, la decisión estableció que el televisor en cuestión, que es más caro que el promedio, se puede esperar que dure claramente más de poco menos de cuatro años.