Trabajadores de la salud agredidos, arresto aplazado y condenas de hasta cinco años por daños y perjuicios


Detención obligatoria en flagrancia o diferida -dentro de las 48 horas siguientes al delito- para quienes cometan actos de violencia contra trabajadores de la salud o daña la propiedad destinada a la asistencia. Aqui esta el nuevo Ajuste deseado por el Gobierno con un decreto ley de 5 artículos aprobado ayer tras la escalada de violencia en los hospitales, que ha visto un aumento de las agresiones físicas contra personal sanitario especialmente salas de emergencia.

Todo ello a pesar del aumento de puestos policiales en los hospitales en el último año, que pasaron de 120 a 196 mientras que los policías pasaron de 299 a 432. Ya el año pasado el Gobierno había intervenido aumentando las penas por violencia contra los trabajadores de la salud (artículo 583 quater código penal) añadiendo posteriormente también la posibilidad de persecución de oficio.

Sanción agravada por daños a instalaciones sanitarias

El texto del decreto aprobado ayer en Consejo de Ministros actualiza en su artículo 1 el Código Penal (artículo 635) previendo una pena agravada por el delito de daños en el interior o en las proximidades de establecimientos sanitarios, residenciales o semiresidenciales: en particular se prevé que quien «destruya, disperse, deteriore o inutilice, total o parcialmente, las cosas existentes en el mismo o destinadas en cualquier caso al servicio sanitario y sociosanitario, será castigado con pena privativa de libertad de uno a cinco años y con una multa de hasta 10 mil euros».

A continuación, el decreto modifica el artículo 380 del Código de Procedimiento Penal al introducir la detención en flagrante delito en caso de lesiones al personal sanitario o daños en las instalaciones sanitarias.

Y luego modifica el artículo 382 bis con la posibilidad de detención diferida no superior a 48 horas (hoy está prevista para delitos de violencia contra la mujer o violencia doméstica o para delitos cometidos en eventos deportivos como partidos de fútbol) también «sobre la base de documentación videofotográfica u otra documentación obtenida legítimamente de dispositivos informáticos o de comunicación telemática de la que se desprenda inequívocamente el hecho”. En la práctica, también puedes utilizar vídeos y fotografías grabados con simples teléfonos inteligentes.



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