Se produjo un disturbio en la piscina de Oulu: un hombre de 74 años y una madre de familia se olfatearon


El hombre fue primero prohibido. Finalmente fue derogado.

La discusión se convirtió en gritos. Imagen de ilustración. DOP

Un juez de natación de 74 años y una madre de familia discutieron el 26 de diciembre de 2023 en la piscina Raksila en Oulu.

Debido a la disputa, la Federación Finlandesa de Natación suspendió al árbitro de natación durante tres meses. Según la decisión, el juez había prohibido al hijo de 10 años de la mujer acudir al gimnasio del hombre. La madre de familia respondió que su hijo no molestaría, pero aun así la familia fue a nadar a otros campos.

Cuando la madre y el niño salieron de la piscina, el juez le dijo a la madre de familia que su hijo no se convertiría en un nadador competitivo. La madre se había preguntado sobre las palabras y la actitud del juez hacia los niños. Al final, la situación llegó al punto en que ambas partes, el juez y la madre de familia, se despreciaron mutuamente.

Se pidió al árbitro que abandonara la piscina debido al incidente. La madre de familia denunció al juez Uimaliito por conducta inapropiada casi cinco meses después del incidente.

Se levantó la prohibición de no competir

Según el anuncio, el hombre de 74 años había dicho que era juez de fronteras y supervisor de traducción en una competición de natación organizada por el mismo club local, donde la madre debía actuar como administradora. Además, la mujer afirma que el hombre habría afirmado que rechazaría la actuación de natación de la madre de la hija de la familia si la viera en las mismas competiciones.

La asociación de natación impuso una prohibición. Un hombre que trabajaba como juez de natación apeló la decisión ante la Junta de Protección Legal del Deporte, que anuló la prohibición impuesta por la Asociación de Natación.

La decisión establece que el hombre se encontraba en la piscina en su tiempo libre como particular en el momento de la discusión. Sus acciones no estuvieron relacionadas con el evento de competencia o la decisión de la competencia, porque no había competencias de natación en la sala de natación en el momento del incidente.

– El evento no ha tenido otra conexión con los deportes de natación, excepto que en el momento del evento, el denunciante y el informante disciplinario se encontraban en su tiempo libre en la misma sala de natación que los clientes para practicar fitness o natación familiar. En el momento del suceso, el recurrente era un juez de natación de primera clase entrenado por Suomen Uimaliitto ry. En el momento del incidente, el anunciador disciplinario era el padre de su hijo, a quien le gusta nadar, y sólo más tarde completó la formación de administrador de clase II de la Federación Finlandesa de Natación.

– En el caso, no ha quedado acreditado que el recurrente compareciera en la situación en calidad de juez de natación. Por tanto, no puede considerarse que el recurrente haya abusado de su poder como juez de natación.

Por lo tanto, el incidente no estaba relacionado con los deportes de natación y no había motivos para una suspensión de tres meses, por lo que fue anulado.



ttn-es-49