La semana pasada terminó con un nuevo bombazo en el proceso Reuzegom. Los abogados de la familia de Sanda Dia apelaron la decisión de un juez que, según dicen, demuestra que ella solo podía juzgar el segundo día del bautismo.
Para las acusaciones más graves, el Ministerio Público solo escribió la fecha del 5 de diciembre de 2018. “Una discusión sobre qué se presentó exactamente al tribunal no es excepcional”, dice el profesor de derecho penal Joachim Meese. “Pero realmente no entiendo por qué la familia dice que la corte no puede fallar sobre todo el bautismo. Los días anteriores al 5 de diciembre también se consignan en la acusación de ‘trato degradante’. Así que todo lo que pasó la noche anterior (cuando Dia se tuvo que beber un litro de ginebra y tantas pintas se cayo, YV)está en el debate en la corte”.
Sin embargo, la jueza solicitó al Ministerio Público que ampliara la demanda, pues, según ella, quedaron excluidos hechos del primer día.
Meese: “Me cuesta un poco eso. El tribunal no debe pronunciarse sobre lo que presenta el Ministerio Público, porque eso es responsabilidad del fiscal. Si el juez pide al Ministerio Público que juzgue más de lo que está en la demanda, puede haber un problema de imparcialidad”.
El Ministerio Público respondió en una nota que aún podían cambiar la fecha. ¿Está bien?
“Eso no es fácil. Es posible, por ejemplo, si ha ocurrido un simple error en alguna parte. Ahora doy un ejemplo hipotético. Supongamos que el fiscal escribió que ocurrió un robo el 12 de enero, cuando en realidad fue el 13 de enero, entonces el juez puede corregirlo fácilmente. Pero un juez no puede ajustar una fecha de tal manera que pueda pronunciarse repentinamente sobre otros hechos”.
El 5 de diciembre fue el día en que Sanda Dia tuvo que beber el aceite de pescado. Debido a que el alto contenido de sal en su cuerpo fue la causa de la muerte, el Ministerio Fiscal ha dado esa fecha.
“Así es, entonces la fecha para ‘administrar sustancias tóxicas’ es el 5 de diciembre. El juez quiere reclasificar eso a ‘agresiones y lesiones’. Pero entonces sigo sin ver problema con la fecha, porque el tribunal puede pronunciarse sobre lo ocurrido en los días previos a la acusación por ‘trato degradante’.
¿Que sigue?
“Espero que el Ministerio Público también apele contra esta decisión judicial. Según el fiscal, el juez podría entonces pronunciarse sobre los hechos del primer día”.
¿Qué pasa si el abogado no lo hace?
“Entonces se vuelve realmente complejo. Entonces, el Tribunal de Apelación sólo se pronuncia sobre el caso con respecto a la ‘demanda civil’, es decir, la indemnización de los familiares. La decisión del Tribunal de Apelación no tendría entonces ningún efecto sobre el enjuiciamiento del Ministerio Público”.
¿Cuánto tiempo hemos perdido ahora?
“Este no es un caso como cualquier otro, por lo que el Tribunal de Apelación de Amberes lo acelerará. Pero estamos hablando de unos meses. La pregunta ahora es qué hará la corte con el caso a continuación. Existe tal cosa como la ‘evocación’. Si el tribunal determina que la decisión del juez fue incorrecta, puede sacar el asunto de las manos del tribunal de primera instancia. Si eso sucede, el Tribunal de Apelación se pronunciará sobre todo el caso. Sería aún más rápido de esta manera, porque entonces ya no hay posibilidad de presentar una apelación después”.
Entonces sólo puede acudir a casación.
“Sí, la casación todavía puede anular la sentencia del Tribunal de Apelación si ha habido un error en alguna parte del procedimiento. Pero eso también es posible si primero pasa por primera instancia por completo. En general, el proceso se puede completar más rápido después de la evocación”.