Premiership, acuerdo mayoritario sobre elección directa: así funcionará la reforma

Hay acuerdo mayoritario sobre el texto que se presentará el viernes en el próximo Consejo de Ministros sobre la reforma del cargo de primer ministro. La elección directa del primer ministro es la principal innovación de la reforma constitucional del gobierno Meloni. Definida como «la reforma de las reformas» por la ministra Elisabetta Casellati, que tiene una delegación ad hoc sobre el tema y trabaja en ello desde hace meses, está contenida en un proyecto de ley constitucional compuesto por cinco artículos.

Elección directa del primer ministro

Según los últimos borradores del proyecto constitucional difundidos, la reforma modificaría tres artículos de la Carta: 88 sobre la facultad del jefe del Estado de disolver las Cámaras, 92 sobre el nombramiento del primer ministro y 94 sobre la moción de confianza. y ninguna confianza al gobierno. En esencia, a partir de la próxima legislatura el primer ministro sería elegido por los ciudadanos en una sola vuelta, por 5 años, con una sola votación.

Ley electoral con bonificación de mayoría

También se prevé un sistema electoral mayoritario con una prima del 55% asignada a nivel nacional que garantizaría el 55% de los escaños en las Cámaras para los candidatos y las listas vinculadas al candidato elegido a primer ministro.

Los poderes del jefe de estado.

En virtud de la reforma y según los proyectos, el Jefe de Estado ya no tendría el poder de nombrar al Primer Ministro (como prevé actualmente el artículo 92), sino de conferir el cargo al Primer Ministro electo, mientras que él conservaría el poder. facultad de nombrar a los ministros, previa indicación del Jefe de Gobierno.

Regla antivuelco

En el texto elaborado por el ministro se plantea la hipótesis de que, en caso de que el primer ministro dimita o deje de ejercer su cargo, el presidente de la República pueda asignar la tarea de formar un nuevo gobierno al primer ministro dimisionario o a otro parlamentario electo. vinculado al presidente del Consejo. Una forma de garantizar la continuidad en la legislatura, sin recurrir al voto y que socavaría el constructivo mecanismo de censura. De momento no se sabe si la novedad quedará en el texto final.



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