Playas y concesiones. Puglia dividida entre el Consejo de Estado y la TAR Lecce


Concesiones a los balnearios y en concreto si prorrogarlas hasta 2023 (medida transitoria) o 2033 (como quisieran los gestores) antes de licitarlos, si hacer cumplir la norma nacional (ley n. 145 de 2018) o la directiva europea Bolkestein (2006/123/EC), Puglia se divide como resultado de dos medidas diferentes. Emitidos, respectivamente, por la TAR de Lecce y por el Consejo de Estado. Si con respecto a la situación de Ginosa, en el Tarantino, la TAR, con una orden de los últimos días, ha remitido toda evaluación al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, en el caso de la Marina de Lecce, sin embargo, el Consejo de El Estado, con la publicación de las primeras 11 sentencias de las 13 emitidas ante tantos recursos, dio la razón al Municipio, que apeló contra el TAR, y estableció que la directiva europea es válida. Por tanto, no hay prórroga hasta 2033 como piden los encargados de las playas con la norma nacional. Sólo queda una prórroga hasta el próximo año.

La historia comienza en 2020 cuando 13 concesionarios de Lecce ganaron en el TAR Lecce contra la decisión del Municipio de no prorrogar la caducidad de las concesiones de baño hasta 2033, ofreciendo, alternativamente, una prórroga técnica hasta 2023 a la espera de la reforma del sector y las licitaciones. Ya en noviembre pasado (con las sentencias n. 17 y 18) el Consejo de Estado en sesión plenaria, examinando el caso Lecce, declaró la ilegitimidad de las prórrogas hasta 2033, la plena prevalencia del derecho comunitario sobre el derecho nacional y la posibilidad legítima de los funcionarios públicos para dejar de aplicar la legislación nacional que está en conflicto con las normas de la UE. Línea ahora reafirmada de la sección séptima del Consejo de Estado, cuyas sentencias, además, coinciden con una fase en la que está abierto el Decreto de Competencia llamado a regular también el aspecto de las concesiones de playas.

“Las concesiones marítimas tienen interés transfronterizo”

Según el Consejo de Estado, los magistrados escriben que refiriéndose a lo establecido por el pleno, “las concesiones estatales marítimas con fines turístico-recreativos tienen un ‘interés transfronterizo’ que hace que la cesión relativa quede sujeta al derecho supranacional”. «. Para los jueces, «el interés en cuestión consiste en el ‘atractivo indiscutible hacia empresas de otros Estados miembros’, que se origina en el ‘dato de prueba objetiva y común, ligado al atractivo excepcional que ha ejercido siempre el patrimonio costero nacional para su conformación , ubicación geográfica, condiciones climáticas y vocación turística’. En base a ello -recordaron los magistrados respecto al pleno- se justifica la aplicación a las concesiones del bien estatal marítimo con fines turístico-recreativos a las ‘reglas de competencia y prueba pública’ de origen europeo, encaminadas a abrir sectores de interés económico en la competencia y eliminar los obstáculos a la entrada de nuevos operadores, en cambio favorecidos por reglas para la extensión de las relaciones existentes”.

«Prórroga contraria a la legislación de la UE»

Quienes han solicitado la prórroga hasta 2033 en base a la ley nacional de 2018, según el Consejo de Estado no pueden disponer de ella porque “contraria al derecho de la Unión Europea y por tanto también inaplicable por la administración concedente”, en este caso concreto la Municipio de Lecce. La negativa a 2033 expresada por la autoridad local -escriben los jueces- está «basada precisamente en la prevalencia del derecho supranacional» y por tanto «legítima». Refiriéndose nuevamente a la sesión plenaria del Consejo de Estado, los jueces de la sección séptima destacan que «las disposiciones legislativas nacionales para la prórroga automática y generalizada de las concesiones marítimas de titularidad estatal con fines turístico-recreativos», incluida la ley n. 148 de 2018, “están en contradicción con el derecho de la Unión Europea, en particular con el art. 49 TFUE y con el art. 12 de la directiva 2006/123/CE. Por tanto, estas reglas no deben ser aplicadas ni por los jueces ni por la administración pública”. También debe excluirse, para el Consejo de Estado, que los actuales concesionarios de baños puedan tener «un derecho a continuar la relación en virtud de prórrogas legales generalizadas». Las actuales concesiones se mantienen vigentes hasta 2023, añade el Consejo de Estado, para evitar que “una caducidad inmediata y generalizada de todas las concesiones existentes” tenga un impacto económico en las actividades.

Mayor de Lecce: las playas no son propiedad privada

El alcalde de Lecce, Carlo Salvemini, tras reconocer que el Consejo de Estado ha reconocido como legítimo el trabajo del Municipio, afirma que «los títulos de concesión deben tener fecha de caducidad porque las playas no son propiedad privada e inmueble, sino un bien común escaso bien, que tiene un valor importante para la comunidad y que debe otorgarse mediante procedimientos probatorios abiertos a todos”. “Incluso a los numerosos forasteros – señala el alcalde de Lecce – que quieren competir con actividades de baño, deportivas, culturales o sociales dirigidas a ciudadanos frágiles en la propiedad estatal marítima. Y que hasta ahora -subraya Salvemini- han visto sus legítimas expectativas negadas por el cierre inmotivado de un sector económico que en cambio puede dar tanto al desarrollo del país”.



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