Una nueva cuestión de constitucionalidad para el reconocimiento de los hijos en una pareja homosexual. Esta vez fue el tribunal de Lucca el que suspendió el procedimiento y envió los documentos al Consejo para que decidiera sobre la legitimidad de la cuestión. Es sólo el último caso, en orden cronológico. En el panorama legislativo italiano, de hecho, «no existe ninguna ley que regule y proteja la paternidad de una pareja homosexual y esto tiene importantes repercusiones sobre los hijos, especialmente en caso de muerte del padre biológico o de separación conflictiva de la pareja. ; Además, en determinados casos la adopción resulta ser una institución totalmente inadecuada y perjudicial para la dignidad de las figuras paternas, porque los tribunales han iniciado sistemáticamente investigaciones incluso sobre su “moralidad””, subraya la abogada Maria Grazia Sangalli, ex presidenta de Rete Lenford. En Italia, de hecho, sólo se reconoce al progenitor biológico, mientras que el progenitor electivo no existe desde el punto de vista jurídico. Aunque el Tribunal Constitucional ha reconocido que el deseo de tener hijos es una expresión de la “libertad fundamental y general de autodeterminación” de cualquier ser humano, el reconocimiento del progenitor no biológico para los hijos de parejas homoparentales no lo es. automático. Desde principios del año pasado, las fiscalías de varias ciudades italianas han solicitado la cancelación del reconocimiento de los hijos de parejas del mismo progenitor después de que el Ministerio del Interior emitiera una circular pidiendo a los alcaldes que no transcribieran automáticamente las partidas de nacimiento de hijos nacidos de parejas del mismo progenitor en los que también aparecía el nombre del progenitor no biológico. En caso de nulidad, la única manera de que se reconozca al progenitor no biológico su papel es la adopción de hijastros o, en casos particulares, de menores de edad. Ya en enero de 2021 el Tribunal Constitucional había dictado sentencia respecto al reconocimiento de familias monoparentales, estableciendo que «el interés del menor es obtener el reconocimiento jurídico de los vínculos que en realidad ya le unen a ambos miembros de la pareja, obviamente sin ello que tiene implicaciones sobre cualquier relación jurídica entre el niño y la madre sustituta” y pide al Parlamento italiano que legisle sobre la materia, de manera que se protejan los intereses de los menores. En 2024, sin embargo, todavía no existe una ley al respecto.