Números de IVA, llegan las indicaciones para el impuesto único


Aquí viene la normativa de aplicación del IETU que sustituye al Irpef para los contribuyentes con CIF. La Agencia Tributaria ha hecho pública la circular con indicaciones sobre el impuesto único del 15%, introducido con la última ley de Presupuestos, que se aplica a la base imponible de 2023 por la parte incremental respecto a los años 2020-22. La medida indica los ingresos afectados y los excluidos, además de los métodos de cálculo. La circular se definió después de una consulta pública realizada con las categorías en cuestión.

Elección para su próxima declaración de impuestos

El Impuesto de Tipo Único por números de IVA -explica la Agencia Tributaria- es un régimen optativo, válido para este año (y por tanto en la declaración que se presentará en 2024) que sustituye al Irpef y las correspondientes sobretasas autonómicas y municipales. Quienes opten por el IETU aplican una tasa fija del 15% sobre la diferencia entre los ingresos empresariales y por cuenta propia determinados en 2023 y el mayor monto de ingresos declarados en los años 2020 a 2022.

A quien se aplica

La Agencia Tributaria explica quiénes son los contribuyentes afectados. Podrán optar al nuevo régimen las personas naturales que realicen actividades empresariales y/o artes y profesiones. Dentro del perímetro del impuesto incremental de tasa única también se encuentran la empresa familiar y la empresa conyugal no gestionada en forma societaria, limitada en ambos casos al propietario. Entre los supuestos de exclusión, en cambio, se señalan las rentas de las sociedades, atribuidas a los socios por «transparencia» y las derivadas del ejercicio de artes y profesiones en forma asociada, atribuidas a personas físicas. Los contribuyentes que, en 2023, se acojan al régimen de tarifa única también quedan fuera de la medida, mientras que aquellos que hayan aplicado el mismo régimen de tarifa única, o el régimen de “ventaja”, no pierden la posibilidad de optar por el impuesto incremental de tasa única ), de 2020 a 2022 (uno o más años).

como se calcula

La circular ilustra, también con algunos ejemplos, los métodos de cálculo: es necesario calcular la diferencia entre la renta empresarial y por cuenta propia determinada en 2023 y la renta más alta (por empresa y por cuenta propia) declarada en los años a partir de 2020 al 2022. Sobre esta diferencia se aplica el deducible del 5%, calculado sobre el mayor ingreso del trienio. Sobre las rentas así determinadas se aplica el tipo fijo del 15%, dentro del límite máximo de 40 mil euros. La parte adicional de la renta, no sujeta al impuesto sustitutivo, se integra en la renta total sujeta a la tributación progresiva del Irpef.

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