Multas, la decisión de los municipios de cancelarlas antes del 31 de enero


No todos los contribuyentes tendrán la suerte de ver anuladas multas inferiores a 1.000€ (encomendadas a recaudación desde el 1 de enero de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2015). De hecho, con la ley de presupuesto, se dio a los Municipios la posibilidad de no cancelar lo adeudado a sus conciudadanos. Y la Agencia de Recaudación, siguiendo lo establecido en la ley, ha elaborado y descargado el formulario para las administraciones locales en su página web.

Cancelación posible antes del 31 de enero

Habrá que esperar al 31 de enero para saber si su ayuntamiento permitirá o no la retirada. La Agencia de Recaudación -explica la nota de prensa- ha publicado en su sitio web los métodos con los que los órganos distintos de las administraciones estatales, las agencias tributarias y los organismos públicos de seguridad social (por ejemplo los Ayuntamientos), deben comunicar al agente de recaudación, antes del 31 de enero de 2023, la adopción de la posible disposición de no aplicación del castigo «parcial» de sus créditos por un importe residual hasta mil euros.

Instrucciones de operación

En www.agenziaentrateriscossione.gov.it, toda la información y el modelo a utilizar están presentes en la sección «Instituciones Acreedoras». La comunicación de la adopción de la medida de no aplicación de la remoción deberá enviarse exclusivamente a la dirección de correo electrónico certificada (PEC) indicada en el formulario, junto con una copia de la propia medida.

Las reglas establecidas por la ley de presupuesto

La Ley de Presupuestos de 2023 prevé (para las cargas con importe residual a 1 de enero de 2023 de hasta mil euros y encomendadas para su cobro desde el 1 de enero de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2015 por organismos distintos de las administraciones estatales, agencias tributarias y organismos públicos de seguridad social – es decir, para el Imu y otros impuestos locales) la cancelación solo de intereses moratorios y penalizaciones, pero dejará intacto el impuesto a pagar. En el caso de multas de trafico en cambio, que son «sanciones» por naturaleza, la trampa sólo detendrá el interés. Sin embargo, el mecanismo puede ser detenido por los Municipios con una resolución. La Ley de Presupuesto (art. 1 inciso 229) prevé en efecto que los Municipios pueden en todo caso ejercer el derecho de no aplicar la cancelación «parcial» (y por lo tanto también evitar la cancelación de las sumas adeudadas en concepto de multas e intereses) por adoptando, antes del 31 de enero de 2023, una disposición específica para ser enviada al agente de cobro siempre en la misma fecha. En el caso de las multas, si se quita la sanción, no queda nada por pagar. En su versión final, la maniobra encomienda pues a los alcaldes la opción de cancelar o no las antiguas multas, en forma parcial (intereses) o total.

Más espacio para Municipios

En cambio, la amnistía será automática para las cantidades adeudadas a las administraciones estatales, las agencias tributarias y las instituciones públicas de seguridad social. Inicialmente, también se preveía la cancelación automática de las cantidades correspondientes a los municipios, como las relativas a multas antiguas e impuestos no pagados. Sin embargo, al discutir la ley de presupuesto, el gobierno decidió dar más poder a los alcaldes. Sin embargo, muchos municipios (como Roma y Milán) ya han dicho que, por necesidades presupuestarias, no están dispuestos a hacer descuentos y, por lo tanto, tampoco a perdonar las multas, porque no pueden permitírselo: por lo tanto, no se apegarán a las remisión.



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