En los lugares de trabajo públicos y privados -excepto hospitales y RSA- no se ha extendido la obligación de uso de mascarillas, dispositivos que sólo se recomiendan. La ordenanza firmada el 28 de abril por la ministra Speranza, de hecho, prevé que sólo “se recomienda usar dispositivos de protección respiratoria en todos los lugares públicos cerrados o abiertos al público”. Por lo tanto, incluidos los lugares de trabajo.
El protocolo de seguridad se actualizará el 4 de mayo
Aunque aquí es necesario aclarar: para el sector privado habrá una reunión el 4 de mayo entre empresas y sindicatos para decidir el destino de los protocolos anti Covid y por ende también de la mascarilla. Actualmente, el protocolo anti-Covid en el ámbito laboral suscrito por los agentes sociales establece que “en todos los casos de compartir entornos de trabajo, interiores o exteriores, es en todo caso obligatorio el uso de mascarillas quirúrgicas o equipos de protección individual de nivel superior”. El 4 de mayo podría confirmarse la regla o actualizarse el protocolo como mera recomendación, dejando la “libertad” a las empresas individuales de convertir la recomendación en una obligación.
Ffp2 recomendado en la AP para personas en contacto con el público
Para los cargos públicos, sobre la base de la ordenanza emitida por el Ministro de Salud, el Ministro de Administraciones Públicas, Renato Brunetta, firmó una circular dirigida a todas las administraciones públicas. Corresponderá a cada administración “dictar con prontitud las medidas operativas necesarias, teniendo en cuenta las condiciones concretas de trabajo y los métodos de realización del desempeño laboral de sus empleados”. En general, sin embargo, se recomienda el uso de máscaras FFP2, en particular, para el personal en contacto con el público (el llamado mostrador) sin barreras protectoras adecuadas; para el personal que realice el servicio en habitaciones compartidas con uno o más trabajadores, aunque sean solo dos (salvo que existan espacios que excluyan aglomeraciones); durante las reuniones cara a cara; para los que hacen cola en el comedor o en otras áreas comunes, para los que comparten habitación con personal “frágil”, en los ascensores y en los casos en que los espacios no pueden excluir aglomeraciones.
El uso no se considera necesario en caso de actividades al aire libre; en caso de disponibilidad de una habitación individual para el empleado; en ambientes amplios, incluso comunes (pe pasillos, escaleras) donde no haya aglomeraciones o se mantenga una adecuada distancia interpersonal.
Incertidumbre empresarial
La cuestión de la mascarilla en el trabajo en el sector privado aún podría reservar algunas novedades en los próximos días, de cara a la cita del 4 de mayo entre los interlocutores sociales. También porque no todas las asociaciones gremiales podrían pensar igual: la línea general es mantener la mascarilla hasta junio en el ámbito laboral, pero no faltan las distinciones. Por ejemplo, Fipe, que representa el mundo de los bares, restaurantes, pizzerías y discotecas, coincide en “recomendar su uso entre los trabajadores también porque puede representar una señal de atención para los clientes, pero – advierte Roberto Calugi, gerente general de Fipe – no están convencidos de que todavía exista una obligación real».