Ley de doble apellido aprobada


Noticia | 21-03-2023 | 14:14

Los niños ahora pueden tener los apellidos de ambos padres. Un proyecto de ley del Ministro Weerwind para la Protección Legal sobre este tema fue aprobado hoy por el Senado.

“Tu apellido es parte de la identidad. Tu nombre dice algo sobre tu familia, tu historia y las personas a las que perteneces. Esta propuesta aumenta la libertad de elección de los padres. Esto les permite a ambos expresar su vínculo con el niño en el nombre”.

dice el Ministro Weerwind.

Desde la introducción del Registro Civil en los Países Bajos en 1811, los niños recibieron automáticamente el nombre del padre. Desde 1998 también es posible elegir el nombre de la madre. La nueva ley también permite a los padres dar un apellido doble a sus hijos.

La nueva ley entrará en vigencia el 1 de enero de 2024. Los padres pueden usar esta nueva opción si su primer hijo nace el 1 de enero de 2024 o después. El apellido elegido se aplica a todos sus hijos posteriores.

La ley también incluye un régimen transitorio. Si su hijo mayor nació el 1 de enero de 2016 o después, los padres aún pueden elegir un apellido doble. Desde el 1 de enero de 2024, tienen 1 año para elegir el doble apellido.

Opciones

Para el grupo de personas que ya tienen un apellido doble o múltiple, como Van Bergen Henegouwen, este nombre también se considerará como un solo apellido a partir del 1 de enero de 2024. Si lo desean, también pueden darle a su hijo un apellido doble, como Van Bergen Henegouwen De Boer.

Los hijos adoptados podrán elegir una combinación de su apellido de nacimiento y el nombre de uno de los padres adoptivos. Sin embargo, aquí también se aplica un máximo de dos nombres en total.

La nueva ley también puede ofrecer una solución para las personas que tienen un apellido diferente en otro país debido a múltiples nacionalidades. A veces, todavía es necesario un procedimiento de cambio de nombre para traer unidad a sus apellidos. Eso pronto ya no será necesario.

La elección de un apellido doble no es obligatoria. Si los padres no eligen, el niño recibirá el apellido de la madre biológica si los padres no están casados ​​ni tienen una pareja registrada. En caso de matrimonio o unión registrada, el hijo recibe el apellido del padre o co-madre.



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