Apenas tres meses después de su creación, el Comité que tiene la tarea de definir los niveles esenciales de desempeño en vista de la autonomía diferenciada, ha perdido cuatro miembros autorizados, desatando una inevitable controversia política. La noticia, anticipada por Il Sole 24 Ore, abrió una fuerte grieta. En la práctica, las Lep son las normas mínimas de servicio público imprescindibles para garantizar en todo el territorio nacional los “derechos civiles y sociales” protegidos por la Constitución. El trabajo del Comité continuará, aseguró el ministro de Asuntos Regionales y Autonomía de la Liga Norte, Roberto Calderoli.
La carta
Con un carta dirigida al presidente del comité, los expresidentes de la Corte Constitucional Giuliano Amato y Franco Gallo, el expresidente del Consejo de Estado Alessandro Pajno y el exministro de la Función Pública Franco Bassanini han decidido dar un paso al costado porque -escribieron- ” hay más condiciones para nuestra participación en los trabajos del Comité».
La reforma del Título V de la Constitución: Estado competente para definir la Lep
Los niveles esenciales de servicios, tal como se recuerda en un dossier de las oficinas de investigación de la Cámara y el Senado, constituyen el núcleo de servicios que se prestarán de manera uniforme en todo el país para garantizar la protección de los derechos civiles y sociales. Esta necesidad de uniformidad llevó, durante la reforma del Título V de la Constitución en 2001, a atribuir expresamente a la competencia exclusiva del Estado la potestad legislativa relativa a su definición.
Las indicaciones de la Corte Constitucional
La jurisprudencia constitucional ha aclarado (ver sentencia 220 de 2021) que la Lep señala el umbral de gasto constitucionalmente necesario para la prestación de los servicios sociales de carácter fundamental, así como el núcleo insuperable de garantías mínimas para hacer efectivos estos derechos (en el mismo sentido también las sentencias 142 de 2021 y 62 de 2020).
La delegación al Gobierno en materia de federalismo fiscal
La delegación al Gobierno sobre federalismo fiscal (Ley 42 de 2009) delegó en la ley del Estado la determinación de la Lep. Hasta esta nueva determinación, se habrían considerado los Niveles Esenciales de Desempeño ya establecidos según la legislación estatal.