Justicia, el Senado aprueba la reforma de Cartabia: es ley


Aplicaciones sin listas

No se permiten listas; cada candidato, sin necesidad de recoger un mínimo de firmas, también puede presentarse libremente en su distrito. Debe haber un mínimo de 6 candidatos en cada colegio binominal, de los cuales al menos 3 del género menos representado: si no se cumplen estos dos requisitos, entonces es posible proceder por sorteo.

Citas en tiempo real

Para los cargos ejecutivos y semiejecutivos, la Junta de Gobierno procederá con base en el orden cronológico de las vacantes para evitar nombramientos en “paquete”, donde los grupos organizados podrían proceder según una lógica de intercambio. Las audiciones de los candidatos se vuelven obligatorias para facilitar una mejor comparación de sus respectivos perfiles. Se identifica un contenido mínimo de criterios de evaluación para verificar, entre otras cosas, las habilidades organizativas. En igualdad de condiciones, se valora la igualdad de oportunidades y la menor representación de género en la alta dirección. Incluso los abogados, bajo ciertas condiciones, podrán votar sobre las evaluaciones de profesionalidad de los magistrados en los consejos judiciales.

Un dossier para medir resultados

Se estrena un expediente personal que, en el marco de las valoraciones de profesionalidad, incluirá todas las actividades realizadas por el magistrado, con especial atención a la conservación de las diversas diligencias practicadas también en posteriores grados de sentencia.

Bloquear las «puertas giratorias»

Introdujo la prohibición de desempeñar funciones de juez o fiscal al mismo tiempo y ocupar cargos electivos, tanto locales como nacionales. Los magistrados que hayan cubierto cualquier tipo de cargo electivo al término de su mandato ya no podrán volver a la judicatura: serán relevados en las administraciones públicas. Los magistrados candidatos pero no electos no podrán, durante tres años, reincorporarse a sus funciones en la Región que comprenda la circunscripción en que se presentaron o en aquella en que se encuentre el distrito en que antes laboraban. Además, no pueden asumir cargos directivos y desempeñar las funciones penales más delicadas (fiscales y jueces de instrucción). Para los magistrados llamados a altos cargos de las administraciones públicas (jefes de gabinete, jefes de gabinetes legislativos, por ejemplo) después de un mandato de al menos un año permanecerán fuera de su cargo por un año y luego podrán reingresar pero no en puestos ejecutivos.

Un paso de funciones

La reforma permite un solo paso de juez a fiscal y viceversa, a realizarse dentro de los 10 años siguientes a la asignación del primer cargo. El límite no opera para el tránsito al sector civil y del sector civil a funciones de fiscalía.



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