Impugnaciones y liquidaciones finales con Ingresos de Casilla 3 de algo más que saldos bancarios mantenidos hasta sentencia del Tribunal Supremo


Noticia | 2023-04-20 | 13:18

La Administración Tributaria y Aduanera suspenderá la imposición de liquidaciones definitivas y la tramitación de las objeciones de casilla 3 para los años 2017 a 2022 hasta nueva sentencia de la Corte Suprema. Esto solo se aplica a las evaluaciones con ingresos de casilla 3 que consisten en algo más que saldos bancarios, como ingresos de acciones o bienes raíces. Después de todo, con solo saldos bancarios, el rendimiento fijo es (prácticamente) igual al interés realmente recibido. En la actualidad se encuentran pendientes varios procedimientos de casación en el Tribunal Supremo, en los que la cuestión central es si el restablecimiento de derechos de la casilla 3 se ajusta suficientemente a la sentencia Christmas. El resultado de estos procedimientos puede ser importante para determinar las liquidaciones con ingresos de la casilla 3. Y por el resultado de los procedimientos de objeción contra estos ataques. Este enfoque es el resultado de una consulta constructiva con las organizaciones coordinadoras.

Al retener las objeciones y liquidaciones finales, los contribuyentes no tienen que litigar ellos mismos para poder reclamar si el resultado del proceso de casación en curso les es favorable. Estos acuerdos hacen que el proceso de determinación y objeción sea menos oneroso para los contribuyentes e intermediarios fiscales, y más manejable para la Administración Tributaria y Aduanera. La tramitación de las objeciones y la imposición de las liquidaciones se producirán con posterioridad a las sentencias del Tribunal Supremo. Esto no cambia la posición legal de las partes interesadas. Aún no se sabe cuándo el Tribunal Supremo dictará sentencia.

Evaluaciones preliminares

Se impondrán liquidaciones provisionales de impuesto sobre la renta (IH) para 2021 y 2022. El recuadro 3 de la Ley de Reparación de Derechos es el marco para ello. Esto se aplica tanto a las liquidaciones provisionales que dan lugar a una devolución como a las liquidaciones provisionales que dan lugar a una cantidad a pagar. Por un lado, esto evita que los interesados ​​tengan que esperar más tiempo por su dinero. Por otro lado, se evita que se cobren intereses fiscales durante un período más largo. Las solicitudes de revisión de una evaluación provisional y las objeciones contra el rechazo anterior de dicha solicitud también se suspenderán.

Si los contribuyentes ya han recibido una liquidación final para el año fiscal 2021 con ingresos de la casilla 3 que consisten en más de saldos bancarios, deben presentar una notificación de objeción oportuna si no están de acuerdo con la liquidación.

Implementación de la restauración legal

El Ministerio asume la sostenibilidad de la Ley de Reparación de Derechos Casilla 3. El legislador ha buscado un equilibrio con el restablecimiento de derechos. Por ejemplo, por un lado, existe la necesidad de adecuar más la tasa de la casilla 3 a la realidad, pero por otro lado, se está atento a las posibilidades prácticas, dado el gran número de contribuyentes involucrados y la capacidad de implementación de la Administración Tributaria y Aduanera. Es por ello que se ha optado por una regulación genérica que puede implementarse en gran medida de forma automática, por lo que no es necesario solicitar información adicional al contribuyente. Aunque el cálculo aún no se acerca completamente a la realidad, está mucho más cerca del rendimiento real. Como resultado, el juicio de Navidad generalmente se implementa de manera razonable.



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