Garante: 1.129 huelgas en 2023, casi el 40% en el transporte


En 2023 se registró una «tendencia sustancialmente estable respecto al año anterior» con 1.649 huelgas proclamadas (1.618 en 2022) de las cuales 1.129 se llevaron a cabo (una más que en 2022), y «un claro descenso en diez años ( 2.330 proclamas en 2012, con 1.375 huelgas realizadas)”. Así lo afirma la presidenta de la Comisión para garantizar la aplicación de la ley sobre huelgas en los servicios públicos esenciales, Paola Bellocchi, en el informe anual. De las 1.649 proclamas, 639 son en el transporte de pasajeros (aéreo, ferroviario, marítimo, público local), con 449 huelgas realizadas (casi el 40%).

Dimensión local para más del 80% de las huelgas

“La Comisión lleva a cabo una intensa actividad de intervención no sólo en las grandes huelgas nacionales, sino también, de forma menos llamativa, en todos los conflictos menores. Sectores enteros de servicios públicos esenciales se ven afectados por conflictos que son puramente locales, pero que tienen un impacto cuantitativo significativo. De las 1.129 huelgas realizadas en 2023, 920 tienen una dimensión local, muy por encima del 80%”. Así lo destacó la presidenta de la Comisión para garantizar la aplicación de la ley sobre huelgas en los servicios públicos esenciales, Paola Bellocchi, al ilustrar el informe anual de la Autoridad a la Cámara. «Se trata de reclamaciones derivadas de la gestión diaria de las relaciones laborales (falta crónica de personal, distribución de cargas de trabajo, turnos, horas extraordinarias, reconocimiento de indemnizaciones), que multiplican las oportunidades de conflicto», añadió, sosteniendo que «bajo control este micro- El conflicto debería remediarse mediante intervenciones previas al anuncio de la huelga destinadas a favorecer alguna forma de desinflación del conflicto: esto a través del experimento preventivo de los procedimientos de enfriamiento y de conciliación, obligatorios por ley, de cuya rigurosa observancia la Comisión se ocupa constantemente. . Los resultados – subrayó también Bellocchi – no son plenamente satisfactorios y es necesario dedicar una reflexión particular a este aspecto. La gestión de la ley 146 podría encontrar nuevos espacios de desarrollo valorizando adecuadamente, más de lo que se ha hecho hasta ahora, las herramientas internas de solución de conflictos previstas en el sistema de relaciones sindicales».

Balanzas probadas por subcontratación

“El equilibrio del sistema de relaciones laborales está siendo puesto a prueba por una nueva organización de los servicios públicos esenciales, que conduce a la subcontratación de la gestión de muchos de estos servicios. Como ocurre con todas las actividades intensivas en mano de obra, en las que el coste de la mano de obra es la partida de gasto más importante, esto se produce a través de contratos y subcontratos «a la baja», lo que, en algunos de los sectores dentro de nuestra competencia, se manifiesta en diferencias salariales considerables debido a las diferentes convenios colectivos aplicados, que son peores que los específicos del sector». Es lo que destacó la presidenta de la Comisión para garantizar la aplicación de la ley sobre huelgas en los servicios públicos esenciales, Paola Bellocchi, durante la presentación del informe anual de la Autoridad, referente al año 2023, a la Cámara. “La gestión externalizada de servicios alimenta situaciones generalizadas de precariedad y, no pocas veces, genera la práctica desleal de retrasos prolongados en el pago de los salarios a los trabajadores, casi siempre debido a que el cliente (a menudo un organismo público) no proporciona la financiación necesaria. recursos necesarios para que el contratista realice el servicio. El incumplimiento de la obligación de remuneración – explicó – sigue representando, en el año de referencia, la mitad de las causas de conflicto en el sector de la higiene ambiental en las regiones del sur y en el sector de los servicios municipales subcontratados. Un conflicto que sirve no para obtener más derechos, sino para exigir el respeto de los existentes, contenidos en el contrato de trabajo».

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