Los titulares de los cuadernillos “dormidos” al 30 de noviembre de 2021 tienen hasta el martes 21 de junio de 2022 para dar instrucciones en cualquier oficina de correos y permitir el registro de su cuadernillo. Transcurrido el plazo sin señal alguna, se extingue la libreta y se transfieren los valores al Fondo establecido por la Ley de Presupuesto de 2006 (Ley 266/05) y administrado por la Consap, empresa de derecho privado propiedad del Ministerio de Economía.
Fecha límite después del 20 de octubre
El procedimiento se repetirá para las libretas declaradas inactivas a partir del 31 de marzo de 2022: en este caso, el plazo para evitar la extinción y traspaso de las cantidades depositadas al Fondo es el 20 de octubre de 2022.
Más allá de los plazos, siempre puedes recuperar tu dinero. Para el reembolso, puede solicitarlo directamente a Consap sin tener que contactar a un mediador. Plazo para reclamar las sumas: diez años.
Qué son
Las denominadas libretas de ahorro postales “dormidas” son aquellas no movidas por el titular durante más de 10 años, no sometidas a trámites o bloqueos operativos que impidan el movimiento de los importes y que tengan un saldo superior a 100 euros.
La categoría de “cuentas inactivas” incluye no sólo las libretas de ahorro (postales y bancarias), sino también los depósitos de dinero, las cuentas corrientes bancarias y postales, las acciones, los bonos, los certificados de depósito, los fondos de inversión y los cheques de caja para los que no hay transacciones o movimientos por el titular de la relación o por terceros delegados por un plazo de 10 años contados a partir de la fecha de libre disponibilidad de las sumas o instrumentos financieros. El depósito “dormido” se extingue a menos que, dentro de los 180 días siguientes a la comunicación del intermediario, el titular no realice una operación o movimiento (pero también es suficiente la comunicación de querer continuar en la relación).