Extraprofitti, el impuesto obliga a las empresas de energía a rehacer las cuentas


En la última versión del Decreto de Ayudas, la aportación puntual sobre extrabeneficios no se limita a pasar del 10 al 25% y duplicarse en las cuotas de junio y noviembre. Pero también actualiza las bases de cálculo y, por tanto, obliga a las empresas energéticas a rehacer las cuentas tan pronto como estén acabadas para medir las provisiones a poner en los presupuestos aprobados antes del 30 de abril.

El sistema sigue siendo el, muy discutido por los directamente afectados, redactado en el decreto de 21 de marzo que introdujo la contribución extraordinaria, y trata de identificar los “beneficios extraordinarios” en la diferencia entre el IVA devengado por las empresas en el invierno de 2021 -22 respecto a doce meses antes. En la primera versión, por obvias razones de calendario, el período de referencia se identificaba en el semestre comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de marzo. El último borrador del Decreto de Ayudas amplía en un mes la base de referencia, pidiendo así comparar el saldo de IVA del periodo 1 de octubre de 2021-30 de abril de 2022 con el de octubre de 2020-abril de 2021.

Actualización de la base imponible

El texto, que aún está pendiente de publicación en el Boletín Oficial también porque debe completar algunas fichas en el complejo mosaico de regulaciones financieras, confirma así la actualización de la base imponible anticipada en los últimos días por el Sole 24 Ore.

Con el efecto de imponer la rentabilidad de los cálculos a las empresas sin cambiar la naturaleza (y los problemas) del mecanismo. Dos, por encima de las demás: la base del IVA no viaja exactamente en paralelo con la participación de las utilidades infladas por la inflación, porque en ella influyen muchas otras variables.

Y aún con el nuevo calendario, el cálculo sigue comparando dos periodos muy diferentes en cuanto a la salud económica del país, y por tanto de consumo energético: el último trimestre de 2020 cerró con una contracción del PIB del 1,9%, frente al +0,6 % registrado en los últimos tres meses de 2021. El primer trimestre del año pasado en cambio marcó un +0,3%, en comparación con un comienzo de este año que las estimaciones preliminares de Istat indicaron un -0,2% pero que podría revisarse al alza con los cálculos definitivos también para el sector servicios (en recuperación). Queda, pues, la no deducibilidad a efectos de Ires e Irap de lo que el Gobierno llama una “aportación extraordinaria”.



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