A partir del 1 de enero de 2025 entrará en vigor en Europa la nueva legislación que obliga a los fabricantes a reducir drásticamente la producción de CO2 de los vehículos: ¿podremos evitar el colapso del sistema?
Faltan unos días para la crisis, hasta que se demuestre lo contrario. Entran oficialmente en vigor a partir del 1 de enero las nuevas reglas corporativas de economía de combustible promedio (kilometraje promedio de la empresa, ed.), abreviado a uno más amigable Cafeteríapero traducible a la obligación impuesta a todos los fabricantes de automóviles de comercializar Modelos que consumen menos combustible.midiendo el resultado en menores emisiones de CO2. El nuevo límite establecido por la legislación del Café corresponde aproximadamente a un 95 gramos de CO2 por kilómetrocifra media calculada sobre la totalidad de los modelos comercializados en la Unión Europea por cada fabricante individual. En cambio, la actual legislación sobre cafés permite un límite máximo superior a 110 gramos. No hace falta decir que, para mantenerse dentro de los 95 gramos, las empresas tendrían que aumentar enormemente el precio.porcentaje de coches eléctricos vendidos sobre el totaluna hipótesis que el mercado no parece permitir. En caso contrario, se impondrá una multa de 95 euros por cada gramo de exceso, que se multiplicará por la suma total de coches vendidos en el año. Según los analistas financieros del banco Barclays, es probable que los fabricantes de automóviles paguen en total más de 10 mil millones de euros en multas Sólo para 2025, otras estimaciones proyectan cifras aún mayores, es decir, hasta 15 mil millones.
la salida
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Paradójicamente, el inminente impacto financiero de la legislación Café se ha subestimado en gran medida en comparación con el programa comunitario más conocido. Apto para 55″o el Bloqueo a la venta de coches con motor de combustión. en los 27 países de la UE a partir desde el 1 de enero de 2035. Para estos últimos hay una salida: una cláusula de revisión que obliga a la Comisión, antes de diciembre de 2026, a “vigilar la diferencia entre los valores límite de emisión y los datos reales sobre el consumo de combustible y energía”. Mucho más complejo contrarrestar las consecuencias del cafécuya entrada en vigor podrá ser suspendido o retrasado solo cuestionando artículo 122 párrafo 1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, como puede ocurrir con toda normativa comunitaria en caso de emergencia de carácter nacional, o de carácter general y económico.