El derecho al olvido oncológico es ley


ELel derecho aolvido oncológico finalmente es la realidad. Aprobado definitivamente por unanimidad del Senado Ley que permite no mencionar una enfermedad oncológica una vez que te hayas recuperado.. A logro histórico muy deseado para proteger la dignidad y los derechos de las personas que han padecido cáncer han afrontado el tratamiento y han superado la enfermedad, evitando así discriminaciones y tratos injustos como, por ejemplo, el acceso a servicios financieros y de seguros.

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El olvido oncológico por fin es ley

La nueva ley es resultado del trabajo de síntesis entre diversas propuestas avanzadas durante meses y meses de debate. Las primeras firmantes fueron la Honorable María Elena Boschi y Patrizia Marrocco. Tras la aprobación en la Cámara en agosto, el sí definitivo llegó ayer al Senado con la ley titulada Disposiciones en materia de igualdad de trato, no discriminación y garantía del derecho al olvido de las personas recuperadas de patologías oncológicas”.

Olvido oncológico: ¿qué cambia con esta ley?

El objetivo alcanzado, fruto de una síntesis de diversas propuestas avanzadas durante meses y meses de debate, restaurará los derechos y la dignidad de las personas que han superado clínicamente una enfermedad oncológica, pero no la valla construida a su alrededor por la sociedad en la que viven. Por derecho al olvido oncológico, tal y como recoge el texto recientemente aprobado, entendemos «el derecho de las personas recuperadas de una patología oncológica a no proporcionar información ni someterse a investigaciones sobre su condición patológica previa, en los casos a que se refiere esta ley».

Un derecho finalmente logrado

No faltan ejemplos prácticos. ¿Quieres acceder a una hipoteca? Debes contratar una póliza de seguro para garantizar la misma, y ​​la póliza te pide que autodeclarar su estado de salud. Con preguntas cortantes como «¿te han diagnosticado patologías oncológicas?».

A partir de hoy ya no habrá que declarar todo esto porque el derecho a no mencionar enfermedades pasadas, después de que haya transcurrido un período de tiempo adecuado desde las terapias, simplemente ya no es relevante. El período en cuestión fue identificado en diez años desde el final del tratamiento activo, sin episodios de recurrencia, para adultos y cinco años para tumores que surgieron antes de los 21 años. Se estima que en Italia habrá al menos un millón de personas que se beneficiarán de ello.

Los comentarios de las Asociaciones

La ley aprobada por el Parlamento italiano es un modelo a imitar también por todos los demás países europeos ya que no garantiza simplemente el derecho al olvido, sino protege a quienes se han recuperado de cualquier forma de discriminación o trato desigual respecto de personas sanas, con el fin de garantizar que la recuperación clínica de la persona corresponda a la posibilidad de ejercer sus derechos en condiciones de igualdad con el resto de la población», afirma Elisabetta Iannelli, secretaria general de FAVO (Federación de asociaciones voluntarias de oncología).

Activación dentro de 60 días

“Una vez promulgada la ley, los decretos de aplicación deben publicarse pronto. La atención se centra en el Gobierno y en particular en los Ministerios de Salud, Justicia y Trabajo, que en poco tiempo (60 días desde la entrada en vigor de la ley) tendrán que implementar la ley expedir los decretos en los que se identificará específicamente la lista de patologías oncológicas que se considerarán curadas en menos de 10 o 5 años como establece la ley. Favo supervisará la implementación de la ley y brindará su aporte de consultoría a las instituciones según lo exige la normativa.» Una «ley de civismo» también para los médicos oncólogos.

Francesco Perrone, presidente de AIOM, Asociación Italiana de Oncología Médica, subrayó los aspectos más avanzados de una norma que va más allá del ámbito de los bancos para acceder a oficinas, fábricas y otros lugares de trabajo: «La La ley no protege sólo en las relaciones con bancos y compañías de seguros. pero también en competencia, si se requiere idoneidad física y en el contexto de procedimientos de adopción. Es, por tanto, una ley más avanzada frente a lo establecido en otros estados que ya han adoptado normas sobre este tema».

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