Editorial, de la Cámara primer sí al texto antipiratería online: prisión hasta 3 años

Llega el primer visto bueno unánime de la Cámara de Diputados a las disposiciones para la prevención y represión de la difusión ilícita de contenidos protegidos por derechos de autor a través de las redes de comunicación electrónica. El texto, aprobado en Montecitorio con 252 votos a favor y ninguno en contra, pasa ahora al Senado.

La protección de la propiedad intelectual

La disposición otorga al Estado la tarea de reconocer, proteger y promover la propiedad intelectual en todas sus formas, como herramienta para estimular la innovación, la creatividad, la inversión y la producción de contenidos culturales, incluidos los digitales. Por lo tanto, el Estado deberá proteger los derechos de autor de cualquier violación y de cualquier acto ilícito, incluidos los perpetrados mediante el uso de las redes de comunicación electrónica.

Asegura a las empresas, autores, artistas y creadores formas adecuadas de apoyo, incluidas las económicas, para facilitar la producción, traducción e internacionalización de obras intelectuales, brinda formas de rendición de cuentas hacia los intermediarios de la red, para realizar actividades para combatir la difusión ilícita y la falsificación de contenido. protegidos por derechos de autor son más efectivos.

Está, pues, la salvaguarda de los derechos al secreto de las comunicaciones, también mediante el mantenimiento de la integridad y seguridad de las redes de comunicaciones electrónicas, y a la libertad de iniciativa económica y su ejercicio en régimen de concurrencia, y la aplicación de políticas encaminadas a promover la libertad de expresión e información, la diversidad cultural y lingüística y el pluralismo de los medios de comunicación, en cumplimiento de los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas, garantizados por el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales y los principios generales de la Unión Europea ley.

Los poderes de Agcom: bloqueo de transmisiones en vivo

La Autoridad de Regulación de las Comunicaciones (Agcom) tendrá la facultad de ordenar a los proveedores de servicios que inhabiliten el acceso a contenidos difundidos ilegalmente, incluso mediante la adopción de medidas cautelares urgentes. Esto a través del acceso a contenido ilícito mediante el bloqueo de la resolución DNS de los nombres de dominio y el bloqueo del enrutamiento del tráfico de red a direcciones IP destinadas únicamente a actividades ilícitas. En el caso de contenidos retransmitidos en directo, la medida se adopta, notifica y ejecuta antes del inicio o, a más tardar, durante la propia retransmisión.



ttn-es-11